Resolución 13/06/2023 del IMUJ de CLM, por la que se convocan ayudas para la sensibilización y prevención de la Mutilación Genital Femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 52.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www .pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/) Primero. Entidades beneficiarias Tendrán la condición de entidad beneficiaria, a efectos de la presente resolución, las entidades sin ánimo de lucro constituidas e inscritas en los registros oficiales correspondientes Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la sensibilización y prevención de la mutilación genital femenina, así como la atención a mujeres víctimas de MGF. Serán áreas prioritarias: 1. Proyectos de concienciación y sensibilización social sobre la forma de violencia de género que supone la mutilación genital femenina, dirigidos a los colectivos implicados, sobre las consecuencias para la salud de las niñas, los mitos y las falsas creencias de la MGF. 2. Proyectos que desarrollen servicios de atención directa, dirigidos a víctimas de MGF y a la población de riesgo. 3. Formación especializada dirigida a profesionales de salud, especialmente de atención primaria. Con un mínimo de 25 horas de forma ción y expedición de certificado Tercero. Bases reguladoras Las subvenciones a que se refiere la presente resolución, además de lo previsto por la misma, se regirán por la Orden 40/2023, de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 52.000,00 euros, de los cuales 40.000,00 euros se imputarán a la partida 70.01.323B.48126 y 12.000,00 euros a la partida 70.01.323B.48126 (fondo 0000000007) fondo financiado procedente de Pacto de Estado contra la violencia de Género, de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, objetivo 0366 y línea 1120 del Plan estratégico de Subvenciones 2021 -2023, elemento PEP OOAA/0000001745 Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se cumplimentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de junio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 52.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación