No disponibleAutonómicaServ. sociales

Resolución 13/06/2023 del IMUJ de CLM, por la que se convocan ayudas para la sensibilización y prevención de la Mutilación Genital Femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 703163

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 52.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www .pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/) Primero. Entidades beneficiarias Tendrán la condición de entidad beneficiaria, a efectos de la presente resolución, las entidades sin ánimo de lucro constituidas e inscritas en los registros oficiales correspondientes Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la sensibilización y prevención de la mutilación genital femenina, así como la atención a mujeres víctimas de MGF. Serán áreas prioritarias: 1. Proyectos de concienciación y sensibilización social sobre la forma de violencia de género que supone la mutilación genital femenina, dirigidos a los colectivos implicados, sobre las consecuencias para la salud de las niñas, los mitos y las falsas creencias de la MGF. 2. Proyectos que desarrollen servicios de atención directa, dirigidos a víctimas de MGF y a la población de riesgo. 3. Formación especializada dirigida a profesionales de salud, especialmente de atención primaria. Con un mínimo de 25 horas de forma ción y expedición de certificado Tercero. Bases reguladoras Las subvenciones a que se refiere la presente resolución, además de lo previsto por la misma, se regirán por la Orden 40/2023, de 23 de febrero de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 52.000,00 euros, de los cuales 40.000,00 euros se imputarán a la partida 70.01.323B.48126 y 12.000,00 euros a la partida 70.01.323B.48126 (fondo 0000000007) fondo financiado procedente de Pacto de Estado contra la violencia de Género, de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, objetivo 0366 y línea 1120 del Plan estratégico de Subvenciones 2021 -2023, elemento PEP OOAA/0000001745 Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se cumplimentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación14 de junio de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Ver todas las ayudas para asociaciones →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total52.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación