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Acuerdo de 6 de julio de 2023 del Pleno de la Diputación de Alicante por el que se aprueba una convocatoria extraordinaria de subvenciones a favor de entidades de riego para infraestructuras hidráulicas que incrementen eficiencia uso del agua en regadío.

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

3.500.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

15 de agosto de 2023

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Alicante / Alacant. Presupuesto total: 3.500.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Comunidades de regantes y otras entidades de riego con sede en la provincia de Alicante, legalmente constituidas y adscritas al correspondiente Organismo de cuenca, conforme a los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, que tengan establecido como objeto la utilización del agua para el riego, y deban cumplir su finalidad en el territorio de la Provincia de Alicante. Segundo. Objeto: Realización y mejora de infraestructuras e instalaciones hidráulicas y otras inversiones que incrementen la eficiencia del uso del agua en regadío, a contratar y ejecutar por el Área de Ciclo Hídrico de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 31 y 36 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 25.2.c). La contratación de las obras se ajustará a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En consecuencia, la actividad objeto de la subvención se refiere al primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras e instalaciones hidráulicas, y otras inversiones para optimizar la eficiencia, gestión y control en la utilización del uso del agua para regadío. No podrán ser objeto de subvención con arreglo a la presente convocatoria, las obras de reparación simple, conservación, mantenimiento y restauración definidas en el artículo 232.1 apartados b) y c) de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Se excluyen de esta convocatoria las obras que supongan la sobreelevación o el cubrimiento de las infraestructuras que cumplan la función de avenamiento y que impidan el desagüe de las zonas agrícolas con riesgo de inundación, e incumplan lo dispuesto en los artículos 21.6 y 25.2 del Plan de acción territorial sobre prevención del riesgo de inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA), aprobado por Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell. No podrá atenderse ni, por lo tanto, subvencionarse, más de una solicitud por cada Entidad. Además de los gastos de ejecución de obras e instalaciones hidráulicas, serán subvencionables con cargo a la presente convocatoria: a) En aquellos casos en los que el proyecto presentado por la entidad de riego no se adecúe a los requerimientos de Diputación respecto del Estudio de Seguridad y Salud, ésta asumirá el coste de dicho estudio. La supervisión del proyecto presentado por la Entidad de riego corresponderá a los técnicos del Ciclo Hídrico. b) La Excma. Diputación Provincial de Alicante subvencionará al 100% los gastos de las asistencias técnicas inherentes a la ejecución de las infraestructuras hidráulicas, tales como los honorarios de coordinación de seguridad y salud, el coste de los ensayos de control de obra que no deban ser asumidos por el contratista (esto es, los que excedan del 1% PEM) y los de inspección, vigilancia, medición, asesoramiento técnico y control. La Dirección de obra corresponderá en todo caso a los técnicos del Área de Ciclo Hídrico. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005, publicada en la Sede Electrónica de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (http://sede.diputacionalicante.es/inicio/ordenanzas-y-tasas/) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria. Cuarto. Cuantía: La cuantía total máxima destinada a la financiación de la convocatoria se establece en 3.500.000,00 euros, de los que 150.000,00 euros se imputan a la aplicación 29.4521.6501700 “INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS PARA INCREMENTAR LA EFICIENCIA USO AGUA REGADÍO, 2023-2025, A EJECUTAR PARA COMUNIDADES DE REGANTES Y OTRAS ENTIDADES RIEGO” del Presupuesto 2023, y los 3.350.000,00 euros restantes se imputarán a los Presupuestos de los ejercicios 2024 y 2025, en las cuantías de 1.600.000,00 euros y 1.750.000,00 euros. Ello sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias. Así, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuantía máxima adicional de la convocatoria se fija en 1.500.000,00 euros, quedando condicionada la efectividad de esta cuantía adicional, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. El presupuesto inicial de cada una de las actuaciones para las que se solicita la subvención no podrá ser inferior a 100.000,00 euros, I.V.A. incluido, ni exceder de 250.000,00 euros, I.V.A. incluido. El porcentaje de la subvención respecto al coste total de la actividad será del 100%. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, suscritas por el representante legal de la entidad de riego solicitante, deberán ajustarse al modelo “Solicitud General de Subvención” que se incluye en el ANEXO I de las Bases, debiendo presentarse en la Sede electrónica de Diputación. El trámite electrónico para su presentación, con su información y documentación, estará disponible en la sede electrónica de la Diputación en: https://diputacionalicante.sedelectronica.es/dossier.1. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y se extenderá hasta el 15 de agosto de 2023. Sexto. Otros datos: La documentación a aportar se detalla en la Base Sexta de la convocatoria, figurando en el ANEXO II los correspondientes modelos de certificados, en el ANEXO III los contenidos mínimos que deben incluir los Proyectos, y en el ANEXO IV la declaración responsable que deben presentar los redactores de…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion10 de julio de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de agosto de 2023

Informacion economica

Presupuesto total3.500.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadInfraestructuras
Sector economicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA

Informacion completa

Bases reguladorasOrdenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005.
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-21T05:34:00.661212