Acuerdo de 6 de julio de 2023 del Pleno de la Diputación de Alicante por el que se convocan subvenciones en 2023 a favor de entidades locales y de riego para la redacción, por Diputación, de Proyectos en materia de Ciclo Hídrico.
Cerrada
150.000 euros
No disponible
30 de septiembre de 2023
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Alicante / Alacant. Presupuesto total: 150.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Las entidades beneficiarias de la convocatoria son: a) Los Municipios y las Mancomunidades de Municipios (artículo 3.1, apartado a) y 3.2, apartado c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril) y las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante. b) Las comunidades de regantes y otras entidades de riego con sede en la provincia de Alicante, legalmente constituidas y adscritas al correspondiente Organismo de cuenca, conforme a los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, que tengan establecido como objeto la utilización del agua para el riego, y deban cumplir su finalidad en el territorio de la Provincia de Alicante. Segundo. Objeto: Subvenciones no monetarias consistentes en la redacción de documentos técnicos, a realizar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 31 y 36, en relación con los artículos 25 y 26, todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La contratación de los servicios se ajustará a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los documentos técnicos se referirán a actuaciones relativas al Ciclo Hídrico municipal y provincial, tales como proyectos o pliegos de infraestructuras e instalaciones hidráulicas o de control, de competencia local y utilización pública. Se incluyen también en la convocatoria los proyectos para la legalización de instalaciones eléctricas existentes, relacionadas con instalaciones hidráulicas o de control de competencia local y utilización pública. Asimismo, son objeto de la convocatoria los documentos técnicos referentes a obras e instalaciones de infraestructura hidráulica o control, que incrementen la eficiencia del uso del agua en regadío. Están excluidos del objeto de la convocatoria los Planes directores de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento, saneamiento y evacuación de pluviales, así como los Proyectos de abastecimiento a diseminados sin conexión con la red de distribución y los planes municipales de control de vertidos en la red de alcantarillado municipal. Los documentos técnicos considerados de especial interés o que requieran de conocimientos muy especializados, como los relativos a captación o rehabilitación de captaciones de aguas subterráneas y, en el caso de municipios con gestión directa del servicio, a potabilización, automatización y control de infraestructuras o recursos hídricos, podrán ser redactados por la Diputación, aunque también son objeto de la presente convocatoria las asistencias técnicas inherentes a los mismos, como los estudios de impacto ambiental, topografía, geotecnia, delineación, cálculo estructural o eléctrico, prospección de infraestructuras, proyectos de legalización, etc., asumiendo igualmente la Diputación el coste de éstos y de los estudios de seguridad y salud. Los interesados deberán efectuar una descripción del objeto de la infraestructura hidráulica para la que solicitan que se redacte el documento técnico, indicando el coste aproximado de dicha obra o instalación. Esta estimación del coste no será necesaria para proyectos de legalización de instalaciones eléctricas existentes. No podrá atenderse, ni por tanto, subvencionarse, más de una solicitud por cada Entidad. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005, publicada en la Sede Electrónica de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (http://sede.diputacionalicante.es/inicio/ordenanzas-y-tasas/) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria. Cuarto. Cuantía: La cuantía total máxima destinada a la financiación de la convocatoria se establece en 150.000,00 euros, que se imputan a la aplicación 29.4521.6501000 “REDACCIÓN PROYECTOS EN MATERIA CICLO HÍDRICO, EJERCICIO 2023, A EJECUTAR PARA AYTOS. Y OTROS ENTES” del Presupuesto Provincial vigente. De dicha cuantía total máxima, hasta 100.000,00 euros se destinarán a financiar subvenciones cuyos beneficiarios sean los señalados en el punto a) de la Base Tercera, esto es, Municipios, Mancomunidades de Municipios o Entidades de ámbito territorial inferior al municipal; y hasta 50.000,00 euros se destinarán a financiar subvenciones cuyos beneficiarios sean los señalados en el punto b) de la Base Tercera, esto es, entidades de riego o comunidades de regantes. Si resultara un sobrante en la cuantía destinada a financiar a uno de los grupos de beneficiarios, por haberse atendido la totalidad de las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos de la convocatoria, el referido sobrante podrá destinarse a atender las peticiones presentadas por los solicitantes incluidas en el otro grupo. Ello sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias. Así, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuantía máxima adicional de la convocatoria se fija en 75.000,00 euros, quedando condicionada la efectividad de esta cuantía adicional, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. El presupuesto inicial de cada una de las actuaciones para cuya redacción de proyecto/documento técnico se solicita la subvención no podrá ser inferior a 40.000,00 euros ni superior a 500.000 euros, ambos I.V.A. excluido. Estas cuantías no serán de aplicación en aquellas solicitudes que se refieran a la redacción de documentos técnicos para la legalización de instalaciones eléctricas ya existentes. El coste de la actividad se subvencionará al 100%. Al tratarse de una subvención en especie, la contratación y el abono del servicio será realizado por el Área de Ciclo…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 10 de julio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2023 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 150.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Infraestructuras |
| Sector economico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN |
Enlaces oficiales
Otras ayudas que pueden interesarte
Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-21T05:34:01.730254 |