De 11 de julio de 2023, de la Consejería de Ind., Com. y Empleo, por la que se convocan subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a CyL procedentes de otras CCAA
Denominacion oficial: Orden de 11 de julio de 2023, de la Consejería de Ind., Com. y Empleo, por la que se convocan subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a CyL procedentes de otras CCAA
Cerrada
200.000 euros
19 de julio de 2023
30 de septiembre de 2023
Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto total: 200.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Finalidad Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones para el año 2023 dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que trasladen su actividad económica a Castilla y León procedentes de otras comunidades autónomas. Segundo. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas trabajadoras por cuenta propia que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y trasladen su actividad económica y su domicilio a Castilla y León siempre que, antes de su traslado, tengan su domicilio fiscal, estén empadronadas y hayan realizado su actividad económica en una comunidad autónoma distinta a Castilla y León. Tercero. Bases Reguladoras Reguladas en la Orden IEM/772/2023, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León procedentes de otras comunidades autónomas. Cuarto. Acción subvencionable y cuantía de la subvención 1.- Tiene la consideración de acción subvencionable, el mantenimiento de la actividad o negocio de la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma que se instale en la Comunidad de Castilla y León, procedente de otras comunidades autónomas, a efectos de consolidar su actividad económica en nuestro territorio. 2.- La cuantía de la subvención a percibir por cada trabajador por cuenta propia será de 6.000 euros. Dicha cuantía se podrá incrementar: - en 1.000 euros si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes, siempre que diste más de 15 km. de una capital de provincia, o bien en 2.000 euros si el municipio es de menos de 2.000 habitantes, siempre que diste más de 15 km. de una capital de provincia, - en ambos casos se podrá incrementar en otros 2.000 euros si la persona beneficiaria es joven menor de 35 años en la fecha de presentación de la solicitud. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación del presente extracto hasta el 30 de septiembre de 2023, incluido. Sexto. Resolución Se delega en la Directora General de Economía Social y Autónomos la competencia para la resolución de los procedimientos que se instruyan al amparo de lo previsto en la presente orden y de cuantas cuestiones deriven de las solicitudes.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 14 de julio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 19 de julio de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2023 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 200.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Reglamento UE | REG (UE) 1407/2013 de minimis, General |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden IEM/772/2023, de 14 de junio, establece las bases reguladoras de las subv. para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónoma que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras CCAA |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-21T05:15:12.027717 |