Convocatoria por el otorgamiento de ayudas extraordinarias de material escolar a familiar empadronadas en Torroella de Montgrí y l’Estartit con situación de vulnerabilidad económica que tengan niños que cursen estudios de primaria (de P-3 a 6ª)
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5.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Girona. Presupuesto total: 5.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
ANUNCI Extracto de la convocatoria por el otorgamiento de ayudas extraordinarias de material escolar a familiar empadronadas en Torroella de Montgrí y l’Estartit con situación de vulnerabilidad económica que tengan niños que cursen estudios de primaria (de P-3 a 6ª) en las escuelas CEIP Guillem de Montgrí, CEIP Portitxol, Escuela San Gabriel y Secundaria Obligatoria (ESO) en el Instituto Montgrí y la Escuela San Gabriel durante el curso 2023-2024. Descripción de la convocatoria: Resolución de la Junta de Gobierno Local, del día 27 de julio de 2023, al otorgamiento de ayudas extraordinario a las familias con vulnerabilidad económica del municipio de Torroella de Montgrí y l’Estartit. La subvención consistirá en el otorgamiento de una ayuda única por y material escolar. El importe será de 50€ o 25€ para los alumnos de primaria y educación secundaria obligatoria. El procedimiento de la presente subvención será a través de concurrencia competitiva. Beneficiarios Personas empadronada en el municipio de Torroella de Montgrí y l’Estartit, con niños que cursen estudios de primaria de (P-3 a 6º) en las escuelas CEIP Guillem de Montgrí, CEIP Portitxol, San Gabriel y educación secundaria obligatoria (ESO) IES Montgrí por el curso 2023-2024 y que cumplan los baremos y condiciones establecidas en la correspondiente convocatoria. No será aplicable en los siguientes casos: Cuando no se esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Cataluña impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando no se esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones ante la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando no se esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y financieras con el Ayuntamiento de Torroella de Montgrí. Cuando se haya sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley general de subvenciones (38/2003, de 17 de noviembre), o la Ley general tributaria. A personas que hayan sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. Cantidad y plazo de aplicación de la subvención: El importe de la subvención será de 50€ a 25€ en función del umbral económico establecido y también las circunstancias sociales de las unidades familiares, estas ayudas son destinadas a los alumnos que estén cursando educación primaria y secundaria obligatoria de P3 a 4rto de ESO. Las subvenciones a las que hace referencia la presente convocatoria serán otorgadas a cargo de la partida correspondiente del presupuesto municipal del ejercicio 2023 y hasta que se agote la dotación, estimada en 5000€. Una vez agotada, a pesar de tener derecho, las personas beneficiarias no podrán acceder a la subvención. En caso de que la demanda de ayudas supere la partida presupuestaria, estos se otorgarán por orden ascendente de los ingresos de la unidad familiar. Presentación de solicitudes: El plazo límite para la presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al BOP. Las solicitudes se tendrán que dirigir en el Ayuntamiento de Torroella de Montgrí y/o l’EMD de l’Estartit, con el modelo de instancia oficial que se podrá obtener al Registro de Entrada del Ayuntamiento y/o EMD. Documentación: Las solicitudes se presentarán, mediante el modelo normalizado disponible en la web del Ayuntamiento, en el registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquier de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común conjuntamente con la documentación que se pide a la convocatoria: DNI’S y/o NIEs y/o Pasaporte del firmante de la solicitud y si actúa en representación de otro, documentación acreditativa de su representación. Justificando de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar. En caso de no autorizar la consulta de datos la declaración de renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio 2022 y en caso de no tener obligación de la presentación la documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar durante el ejercicio 2022. Si se tercia, documentación de la percepción de prestaciones percibidas del SEPE. Extractos bancarios de los últimos 6 meses. Otros: En caso de separación o divorcio de los progenitores: Sentencia judicial de separación o divorcio cuando el progenitor obligar efectúa el pago de la pensión de alimentos-original y fotocopia de denuncia por incumplimiento del pago de la pensión de alimentos de la sentencia judicial. Si se tercia, documento que demuestre el retorno a la administración correspondiente del importe cobrado de más por prestaciones recibidas. Cuando se observen defectos u omisiones en las solicitudes o se considere necesario ampliar la información, se emplazará al solicitante, porque, en el plazo máximo de 10 días, enmiende las carencias o aporte los documentos, advirtiéndolo que, si no lo hace así, se tendrá por cejado en su solicitud. Criterios para la concesión Esta subvención se otorgará, previo informe del equipo valorador, formado por técnicas del área de Servicios Sociales, y se podrán acoger todos los titulares las unidades familiares de los cuales no superen los siguientes ingresos mensuales/anuales: Nº de miembros BAREMOS Mensuales BAREMOS Anuales 2 miembros 1.565,08 € 15.401,54 € 3 miembros 1.991,94 € 16.063,97 € 4 o más miembros 2.418,76 € 16.599,44 € La solicitud de la subvención siempre estará sometida a la convocatoria. No se podrán acoger a la subvención cuando el solicitante y los miembros de la unidad de convivencia dispongan otros bienes inmuebles que no sea la vivienda habitual. Se valorarán individualmente, con inclusión de información técnica, los supuestos excepcionales que generen dudas en el momento de la valoración. Exclusiones Además de las causas establecidas por la Ley general de subvenciones (38/2003 de 17 de…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 1 de agosto de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 5.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Convocatoria por el otorgamiento de ayudas extraordinarias de material escolar a familiar empadronadas en Torroella de Montgrí y l’Estartit con situación de vulnerabilidad económica que tengan niños que cursen estudios de primaria (de P-3 a 6ª) |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-21T04:37:26.577854 |