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Subv creacion o mantenimiento unidades caninas cuerpo policia local CM

Denominación oficial: SUBV CREACION O MANTENIMIENTO UNIDADES CANINAS CUERPO POLICIA LOCAL CM

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 713482

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 53.400 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.):--------- De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones , (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid .(www.comunidad.madrid). PRIMERO: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de la subvención los municipios de la Comunidad de Madrid participantes en el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, que mantengan dicha condición según lo establecido en el apartado segundo del Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno. SEGUNDO: Objeto. El objeto de la subvención será la creación o el mantenimiento de unidades caninas por los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de Orden de 2 de febrero de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de medios materiales previstos en el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024. TERCERO: Bases reguladoras. Orden de 2 de febrero de 2023 del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM Nº 39, de 15 de febrero de 2023) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de medios materiales previstos en el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024. CUARTO: Cuantía. 1-Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo al subconcepto 76309 Transferencias de capital a Corporaciones locales (en el caso de creación de unidad canina, concretamente para la adquisición de perros o la adaptación de instalaciones) y 46309 "Transferencias corrientes a Corporaciones locales "(en el caso de mantenimiento de unidad canina), del Programa 132A," Seguridad", del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid. 2- El crédito destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía máxima de 53.400 euros, de conformidad con lo dispuesto en el, apartado primero, letra b del Acuerdo de 7 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan las cuantías correspondientes a la anualidad de 2023, del Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, y se aprueba el gasto de tramitación anticipada en materia de personal, por importe un total de 68.691.428,78 euros. QUINTO: Presentación de solicitudes y plazo. 1.Las solicitudes se cumplimentarán en el formulario que figura como Anexo I y que estará disponible en el Apartado "Administración Electrónica" de la página web de la Comunidad de Madrid. https://sede.comunidad.madrid/. 2. Los ayuntamientos a los que vaya dirigida la convocatoria dispondrán de un plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta convocatoria, para presentar la solicitud y documentación exigida. SEXTO. Resolución de la convocatoria. 1. La resolución de la concesión o denegación de las subvenciones solicitadas corresponde al consejero competente en materia de coordinación de policías locales mediante Orden, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. El plazo máximo para la publicación de la orden de concesión y denegación no podrá exceder de seis meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112 (ASEM)

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Seguridad

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación23 de agosto de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSeguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias
Sector económicoADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total53.400 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN DE 2 DE FEBRERO DE 2023, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MEDIOS MATERIALES PREVISTOS EN EL ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO, DE 29 DE

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