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CONVOCATORIA PARA LA ANUALIDAD 2023 DE LAS SUBVENCIONES destinadas a “proyectos de juventud”.

Estado

No disponible

💰Importe

10.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Barcelona. Presupuesto total: 10.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con las Bases de las Subvenciones "Bases específicas de las subvenciones destinadas a proyectos de Juventud", aprobadas por la Junta de Gobierno Local del día 31 de marzo de 2016 son las publicadas en el BOPB de fecha 15 de abril de 2016 y su enmienda publicada en el BOPB de fecha 2 de mayo de 2016. https://bop.diba.cat/scripts/ftpisa.aspx?fnew?bop2016&05/022016006657.pdf&1 DISPONGO: Primero - Aprobar la convocatoria de “Subvenciones destinadas a proyectos de juventud”, para la anualidad 2023, por este Ayuntamiento y en régimen de concurrencia competitiva, con sujeción a las determinaciones básicas siguientes: CONVOCATORIA PARA LA ANUALIDAD 2023 DE LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE JOVENTUD a).- Bases Reguladoras: Las Bases específicas que rigen el otorgamiento de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Castelldefels dirigidas a entidades juveniles, con el título: "Bases específicas de las subvenciones destinadas a proyectos de juventud" son las publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de fecha: 15 de Abril de 2016, https://bop.diba.cat/scripts/ftpisa.aspx?fnew?bop2016&04/022016005558.pdf&1 y, el anuncio de subsanación de error: https://bop.diba.cat/scripts/ftpisa.aspx?fnew?bop2016&05/022016006657.pdf&1. b).- Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima: La cuantía máxima asciende a 10.000€, consignada en la siguiente Aplicación presupuestaria 72/3300/48901/AREA20 Subvencions Joventut, del Presupuesto Municipal del año 2023 (A: 12023000122138). Cada una de las subvenciones que se otorguen tendrá una dotación individual máxima de 4.000€ por proyecto dentro del límite de la cuantía máxima consignada. c).- Objeto: Estas subvenciones tienen como objetivo fomentar la realización de actividades dirigidas a desarrollar la participación de los/as jóvenes y promover la salud, la integración, el espíritu artístico y creativo, de ocio y festivas, dirigidas a los y a las jóvenes. Los proyectos subvencionados deberán desarrollarse durante el año 2023. d).- Régimen de la convocatoria: La concesión de las subvenciones referidas se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva. e).- Beneficiarios y requisitos: Pueden ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria: Las entidades y asociaciones juveniles o con proyectos específicos dirigidos a jóvenes, todas ellas legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro oficial, que a la fecha de la solicitud, reúnan los requisitos que establece la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003 de 17 de noviembre) y se encuentren al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con este ayuntamiento, u otras provenientes de ingresos de derecho público, incluyendo reintegros de subvenciones anteriores. f).- Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento: La instrucción del procedimiento corresponderá al jefe/a de sección del área de Juventud que tiene adscrita la aplicación presupuestaria. Para la evaluación de proyectos o programas subvencionables, se nombra una comisión calificadora compuesta por: - Un/a concejal o empleado/a del Ayuntamiento nombrado por la Presidencia de la Corporación. - El Concejal Delegado de Juventud, o persona en la que delegue, que será quien presida la Comisión - La Jefa de la U.I. de Juventud, o la persona en la que delegue. - El Técnico de juventud del Ayuntamiento de Castelldefels. - Un dinamizador de juventud. Las funciones de secretario de la Comisión Calificadora serán ejercidas por la Jefa de Sección o la persona en quien delegue. El órgano responsable de la resolución del procedimiento de otorgamiento de las subvenciones será Alcaldía por atribución directa de la normativa de régimen local, u órgano en quien delegue. g).- Plazo de presentación de solicitudes: El periodo de presentación de solicitudes será de 20 días desde el día siguiente a la publicación en el BOPB de esta convocatoria. Sin perjuicio de presentar la documentación por cualquiera de las vías que establece el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siempre de acuerdo con lo que prevé el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las solicitudes se presentaran, siguiendo el trámite web siguiente: https://seu.castelldefels.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000941177290507192&lang=ES En caso de no haber cobrado por cualquier concepto del Ayuntamiento de Castelldefels los últimos 3 años, o bien en caso de querer notificar el cambio de datos bancarios, es obligación de los/las beneficiarios/as comunicar al Ayuntamiento, con fecha límite de finales de año, la cuenta bancaria de la entidad solicitante, para el abono de los fondos públicos correspondiente a la subvención, dando de alta los datos bancarios para el cobro de la subvención, siguiendo el trámite web siguiente: http://www.castelldefels.org/DadesBanc h).- Propuesta de resolución, resolución definitiva, plazos y notificación: Una vez evaluadas las solicitudes por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución que deberá expresar: el/la solicitante o la relación de solicitantes para los/las que se propone la concesión de las subvenciones, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla por parte de la comisión calificadora. Vista esta propuesta, el órgano competente resolverá el procedimiento. La resolución, además de contener el/la solicitante o relación de solicitantes a los/las que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes. Las subvenciones se otorgarán en el plazo de tres meses a contar desde la fecha máxima del plazo de presentación de las solicitudes, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local a propuesta de la comisión calificadora. El vencimiento…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion4 de octubre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total10.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economico94 - Actividades asociativas

Informacion completa

Bases reguladorasBases específicas de las subvenciones destinadas a proyectos de juventud.
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-21T02:05:07.013389