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Convocatoria 2023 de concesión de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas de Constantí "Constantí Ponte Bonito".

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

20.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

15 de enero de 2024

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Tarragona. Presupuesto total: 20.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Objeto Es objeto de estas bases la regulación del procedimiento y condiciones para el otorgamiento, por parte del Ayuntamiento de Constantí, de las subvenciones destinadas a la rehabilitación, restauración, reforma y pintura de las fachadas de los inmuebles de más de 25 años de antigüedad. Finalidad En el marco de las políticas de fomento de conservación de edificios, y con especial atención, los cascos antiguos de las ciudades, como medida de estímulo a la rehabilitación para evitar su degradación y el fomento de los valores estéticos y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, el Ayuntamiento de Constantí aprueba la concesión de subvenciones para que los vecinos adecúen las fachadas de sus viviendas. Estas ayudas hace tiempo que se llevan a cabo fundamentalmente para conservar los elementos identificativos o los edificios catalogados, si bien, se considera necesario añadir la posibilidad de optar a estas subvenciones las edificaciones más recientes, con más de 25 años, para que los propietarios de los edificios eviten el deterioro de las fachadas. Financiación Aplicación presupuestaria: 48901-924 Cuantía máxima total convocada: 20.000 euros Importe de la subvención Las ayudas serán de tipo económico a fondo perdido con una limitación del 30% del presupuesto presentado por el interesado, y en ningún caso pueden superar el tope de 1.500 euros. Bases reguladoras Bases reguladoras aprobadas definitivamente y publicadas al BOP de Tarragona núm. 153 de fecha 8 de agosto de 2017. Solicitantes Podrán solicitar subvención los propietarios de los inmuebles de Constantí, ya sean personas físicas o jurídicas. También podrán solicitarla las comunidades de propietarios de los inmuebles en régimen de propiedad horizontal. El ámbito de las actuaciones afectadas comprende los inmuebles de Constantí con una antigüedad mínima de 25 años a contar desde la fecha de expedición del certificado final de obras. No podrán acogerse a esta subvención las actuaciones en edificios que se encuentren en situación de fuera de ordenación por afectación de viales, equipamientos o zonas verdes, según la normativa urbanística vigente en el momento de la solicitud. Solicitudes Los interesados en obtener la subvención tendrán que formular la correspondiente solicitud, según modelo normalizado que facilitará el ayuntamiento, en el plazo que establezca la convocatoria y la presentarán en el Registro General del ayuntamiento acompañada de la documentación siguiente: a) Fotocopia del DNI o NIF del solicitante y acreditación de la representación en nombre de quien manifiesta actuar, en su caso. b) Título justificativo de la propiedad. c) Memoria de las obras a realizar con el contenido mínimo siguiente: Descripción del tipo de actuación a realizar. Fotografía de la fachada. Materiales a emplear en la actuación. Presupuesto de las obras que se tienen que hacer. Plano de la fachada a escala 1/50, en el supuesto de que el tipo de intervención a realizar lo requiera. d) Certificado del acuerdo de la junta de propietarios en el que se decida hacer las obras, si es el caso. e) Declaración responsable del propietario o propietarios del inmueble por el cual se solicita la subvención de encontrarse al corriente de pago de los tributos y precios públicos municipales, así como que no concurren el resto de las circunstancias detalladas de acuerdo con el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones El Ayuntamiento podrá exigir cualquier documento administrativo que considere conveniente en relación con las solicitudes presentadas. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes empezará a contar a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y finalizará el día 31 de diciembre de 2023. Procedimiento de concesión, resolución y notificación de la resolución de las solicitudes El procedimiento para el otorgamiento de esta subvención se tramita en régimen de concurrencia competitiva. El órgano instructor es el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Constantí, el cual examinará las solicitudes presentadas y requerirá a las personas interesadas para que subsanen los defectos subsanables o aporten la documentación que falte, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar del día siguiente de la notificación del requerimiento. La presentación fuera del plazo que establezca la convocatoria comporta la inadmisión de la solicitud, pero sí que se tendrá en cuenta si la partida presupuestaria no quedara agotada. Será la comisión evaluadora quién valorará las solicitudes y formulará la propuesta de resolución de concesión o denegación de subvenciones al órgano competente para resolver. Esta comisión evaluadora estará formada por: El alcalde o el regidor en quien delegue. El secretario/a de la Corporación o persona en quien delegue. El interventor/a o persona en quien delegue. El arquitecto municipal del Ayuntamiento de Constantí o persona en quien delegue. La resolución sobre el otorgamiento de esta subvención será adoptada por la Junta de Gobierno Local, la cual, en el plazo máximo de tres meses, dictará resolución con indicación de la relación de solicitantes a los cuales se concede la subvención y el importe de la ayuda para la rehabilitación de la fachada. La resolución de la concesión de la subvención se publicará al BOPT en el plazo de diez días de su aprobación y sustituirá a la notificación individual. La resolución de la concesión de la subvención pone fin a la vía administrativa. La subvención se entiende aceptada si el beneficiario no manifiesta el contrario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de su concesión. Criterios de otorgamiento La resolución de las solicitudes se efectuará por la valoración de las puntuaciones obtenidas, la cual se regirá por la suma de los puntos que se obtengan por el cumplimiento de los siguientes…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion31 de octubre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de enero de 2024

Informacion economica

Presupuesto total20.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector economico78 - Actividades relacionadas con el empleo

Informacion completa

Bases reguladorasBases reguladoras de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas de Constantí "Constanti Posa't Bonic".
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-21T00:44:04.455639