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Autonomica

Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a

Estado

No disponible

💰Importe

460.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto total: 460.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: 1. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución las siguientes: a) En relación con las subvenciones comprendidas en la Línea 1, serán beneficiarias: 1.º Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, según lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines. 2.º Las asociaciones empresariales más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, según lo establecido en la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines. b) En relación con las subvenciones comprendidas en la Línea 2 serán beneficiarias: Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales que participen en dicho ámbito, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de aquellos fines. Segundo. Objeto. Aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden 175/2019, de 3 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la mejora del diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras por las que se rige la presente convocatoria están previstas en la Orden 175/2019, de 3 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la mejora del diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha, (publicada en el DOCM núm. 242, de 10 de diciembre). Cuarto. Financiación y cuantía. El crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 460.000 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 1904G322A/48000 fondo 60, del presupuesto de gastos del ejercicio 2024 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social. No se admitirán a trámite aquellas solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, resolviéndose su inadmisión, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Otros datos. Forma de presentación de las solicitudes: Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), como anexo II. Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. Forma de pago: Una vez dictada resolución de concesión, se procederá al pago anticipado del 25 por ciento del importe de la subvención concedida mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que sea titular el beneficiario. A solicitud de la entidad beneficiaria, se procederá al pago de un segundo anticipo del 35 por ciento adicional una vez comunicado el inicio del plan de formación. Por último, en cualquier momento a partir de la comunicación de inicio a que se refiere el apartado anterior, siempre que no se encuentre finalizado el plazo de ejecución del plan de formación subvencionado y a solicitud de la entidad beneficiaria, se procederá al pago de un tercer anticipo por el importe del 40 por ciento restante de la subvención, una vez acreditada la ejecución de al menos el 50 por ciento del plan de formación objeto de subvención. Se considerará ejecutado, al menos el 50 por ciento del plan de formación, cuando se hayan impartido al menos el 50 por ciento de las horas de formación o de las que integren las otras actuaciones de carácter formativo a las que se refiere la disposición Tercera de la presente convocatoria.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion14 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total460.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector economico94.2 - Actividades sindicales

Informacion completa

Bases reguladorasOrden 175/2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de planes de
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionAutonomica
Ultima actualizacion BD2026-07-20T22:15:32.403887