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CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y LA MEJORA EDUCATIVA, AÑO 2024: LÍNEA 5: PROYECTOS 360

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

30.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

15 de febrero de 2024

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Barcelona. Presupuesto total: 30.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto El objeto de esta línea es apoyar las iniciativas de la Comunidad Educativa de los centros docentes y entidades educativas de la ciudad, fomentando la subvención de proyectos y acciones educativas que promocionen la educación completa, 360, en todos los ámbitos y en todo el tiempo de los niños y jóvenes, que tengan como finalidad: Mejorar la cohesión social y la equidad entre niños y jóvenes. Fomentar valores sociales, culturales, educativos y nuevas formas de participación. Favorecer la cooperación entre distintos agentes y/o entidades educativas. Posibilitar el crecimiento personal, familiar y de la organización, buscando el éxito educativo. Promover un desarrollo más sostenible de los programas y acciones Mejorar la convivencia y el civismo entre la comunidad educativa. Fomento de la participación activa de las entidades en el ámbito educativo. Promoción y realización de actuaciones que fomenten la atención a la diversidad y la inclusión educativa. No es objeto de esta línea de subvenciones las actividades/proyectos promovidos por otros Departamentos del Ayuntamiento (Deportes, Cultura, etc.) Se subvencionará un máximo de 5 proyectos por centro educativo y AFA dentro del ámbito educativo, para actividades y talleres que vayan en acuerdo a las citadas finalidades. Segundo. Las personas beneficiarias y las entidades solicitantes Las personas destinatarias de esta subvención son los niños y jóvenes de Gavá, matriculados en un centro educativo financiado con fondos públicos. No obstante, tendrán que solicitar las subvenciones y serán los beneficiarios finales de la subvención, los centros educativos financiados con fondos públicos y sus AFA. No se podrá adquirir la condición de beneficiario cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones b) Si existe resolución de reintegro sobre cualquier subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Gavá y no se ha dado cumplimiento a la obligación de pago en los términos que resulten de aquélla. c) No hallarse al corriente frente al Ayuntamiento de Gavá en el pago de obligaciones en período ejecutivo por cualquier otro concepto distinto del reintegro de subvenciones. Tercero. Bases reguladoras Las Bases Reguladoras para la solicitud y otorgamiento de subvenciones para la igualdad de oportunidades de la infancia en el entorno escolar están publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de fecha 20 de enero de 2022: http://bop.diba.cat/anunci/3177982 Cuarto. Cuantía El Ayuntamiento de Gavá destina a la convocatoria el siguiente importe: Aplicación: 12000/2311B/480260024 Descripción: Subvenciones - Fomento de la educación y la formación Importe: 30.000,00 € El importe de la subvención estará vinculado a la ponderación técnica realizada en base a los criterios generales y específicos mencionados en las presentes bases y que estén contemplados en el proyecto presentado por la entidad. De forma general, no se subvencionará más del 50% del coste total del proyecto o programa presentado. Si se subvenciona más del 50%, deberá realizarse de forma motivada. Quedará a cargo de la entidad la aportación del resto del coste, bien directamente o por cofinanciación de terceros (entes públicos o privados). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El Ayuntamiento de Gavá otorgará estas subvenciones mediante procedimiento de concurrencia competitiva, lo que implica que las personas interesadas tendrán que presentar la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación necesaria. El plazo de presentación de las solicitudes será a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 15 de febrero de 2024. Las personas interesadas tendrán que entregar la documentación que a continuación se detalla en el Registro electrónico del Ayuntamiento, telemáticamente desde el trámite específico del catálogo: https://eseu.gava.cat/sta/CarpetaPublic/Public?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000024152110807713&lang=ca Anexo 1.A: Modelo normalizado de solicitud: Datos generales de la entidad y relación de actividades por las que solicita subvención dentro del proyecto/programa anual. Anexo 1.B: Proyecto por el que se solicita la subvención, que debe incluir: nombre del proyecto, descripción, población diana, objetivos, actividades y calendario, presupuesto (ingresos y gastos) y petición cuantificada concreta de la subvención que se solicita Anexo datos bancarios, en su caso. Si no se ha producido ningún cambio de la cuenta bancaria no será necesario presentarla. Anexo 2. Declaración responsable. El hecho de presentar la solicitud comporta que se autoriza al Ayuntamiento de Gavá a la consulta y obtención de documentos elaborados por cualquier otra administración y que el Ayuntamiento de Gavá pueda tener acceso: Agencia Tributaria, Seguridad Social y otros que sean necesarios para la resolución de la convocatoria. En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Gavá a hacer estas consultas, las entidades solicitantes tendrán que entregar las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de subvención. Si la documentación presentada es incorrecta o incompleta, el servicio responsable requerirá a la persona interesada para corregirla o completarla en el plazo improrrogable de 10 días hábiles. De no hacerlo, se extenderá por desistido en su solicitud. Sexto. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento. El órgano responsable de la Instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria será la Tenencia de Alcaldía del Ámbito de Educación, Deportes, Cultura, Igualdad y Relaciones con la Ciudadanía. Para la valoración de las solicitudes subvencionables se creará una Comisión calificadora que estará integrada por: Presidenta: La teniente de…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion19 de diciembre de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de febrero de 2024

Informacion economica

Presupuesto total30.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector economicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN

Informacion completa

Bases reguladorasBASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y LA MEJORA EDUCATIVA.
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-20T21:58:12.522553