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Resolución de Concejal titular del área nº 01406/2024 de fecha 20 de febrero de 2024 que aprueba la convocatoria de subvenciones a Asociaciones de Consumo 2024

Estado

No disponible

💰Importe

6.500 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: LA RIOJA. Presupuesto total: 6.500 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero- Beneficiarios. Las asociaciones de consumidores, sin animo de lucro, con implantación local y ámbito actuación en Logroño. debiendo estar inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas. Segundo- Objeto. Regular concesión de subvenciones por parte del ayuntamiento a asociaciones de consumidores. Tercero- Bases Reguladoras. Aprobadas por acuerdo pleno nº 02-03-2023/O/005 de fecha 2 de marzo de 2023 (BOR nº 50 de fecha 13 de marzo de 2023). Cuarto- Cuantía. Importe total de 6.500 euros. Quinto- Plazo presentación de solicitudes 15 días hábiles contados desde la publicación del presente extracto en el BOR. Sexto- Otros datos de interés. Convocatoria: El texto integro de la convocatoria estará disponible en la pagina web del Ayuntamiento de Logroño en el siguiente enlace: https://logrono.es/-/subvencion-a-asociaciones-de-consumidores-de-la-ciudad-ano-2024-1?p_l_back_url=%2Fbecas-y-subvenciones%3Fanio%3D1727 Solicitudes: Se presentaran en impreso formalizado “solicitud de subvención AYT.DO.20/1” En los términos de lo dispuesto por el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las asociaciones de consumidores quedarán obligadas a presentar la correspondiente solicitud y documentos acompañantes por medios electrónicos. Si alguna de las entidades a la presentación temática lo hiciera presencialmente se le advertirá que la Ley prevé que se les requiera para que subsanen a través de su presentación electrónica, en los términos de lo dispuesto por el art. 68.5 de la citada Ley 39/2015 y se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la subsanación, de modo que la solicitud presencial producirá efectos desde la subsanación. Cuando, a pesar de lo expuesto en el párrafo anterior, sea necesario acompañar documentación física en papel, anexa a la presentación temática, deberá obrar en una carpeta o encuadernación con un índice de su contenido, indicando que se dirija a la unidad de Participación Ciudadana. La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web www.logrono.es e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en https://administracion.gob.es. Documentación: La prevista en el artículo 9 de la convocatoria. Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 11 de la convocatoria. Forma de pago: El 90 %, a partir de la adopción del acuerdo de adjudicación definitiva. El 10 % restante, a partir del momento se justifique el gasto. Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el articulo 11 de las bases reguladoras. Plazo máximo de justificación: Antes del 15 de enero de 2025.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion22 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total6.500 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector economico94.9 - Otras actividades asociativas

Informacion completa

Bases reguladorasSubvenciones asociaciones de consumo 2024
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-20T18:41:26.832000