NGEU C7 I2 orden consejero bases reguladoras y convocatoria conc no competit vehículos eléctrico e infraestr taxi
Denominación oficial: NGEU C7 I2 ORDEN CONSEJERO BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA CONC NO COMPETIT VEHÍCULOS ELÉCTRICO E INFRAESTR TAXI
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CANARIAS. Presupuesto: 1,1 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención de dinero sin devolución destinada al despliegue de vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga para el sector del taxi en las Islas Canarias. Puede solicitarla cualquier persona jurídica que no tenga actividad económica, así como pymes y personas físicas que sí desarrollen actividad económica, siempre que cumplan los requisitos y haya fondos disponibles. No hay competición entre solicitudes; si cumples los requisitos la recibirás, siempre que el presupuesto de 1 100 947 euros no se haya agotado.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
* Orden n.º125/2024 de modificación de las bases reguladoras y la * convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva * para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga * en el sector del Taxi, en el marco de la Estrategia de Energía * Sostenible en las Islas Canarias (Programa 5, Línea 1), con cargo al * instrumento de financiación europeo fondos "Next Generation EU", en el * marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente * 7, Inversión 2). * BDNS (Identif.): 750115 * * De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el * extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la * Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://* www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/XXXX * * Mediante orden número 62/2024, de la Consejería de Transición Ecológica * y Energía del Gobierno de Canarias de 18 de marzo de 2024, se han * aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en * régimen de concurrencia no competitiva para el despliegue del vehículo * eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del Taxi, de la * Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 5, * Línea 1), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos "Next * Generation EU", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y * Resiliencia (Componente 7, Inversión 2). La referida convocatoria, * publicada en el BOC n.º 62 de 26 de marzo de 2024, prevé un plazo de * presentación de solicitudes que comenzó el día uno de abril de 2024 y * finalizará el próximo uno de julio de 2024. * * Tras la publicación de la convocatoria, de la interacción con los * potenciales beneficiarios y con las asociaciones cuyos fines los * representan, se ha puesto de relieve algunas modificaciones en las bases * que podrían mejorar la acogida de las ayudas, el éxito de la * convocatoria y, por tanto, del objetivo último perseguido (la renovación * del parque de vehículos dedicados al servicio público del * taxi hacia modelos más sostenibles y menos contaminantes). * * Dado que las modificaciones introducidas en la presente orden afectan al * régimen de concurrencia, pero habida cuenta que aún no ha concluido el * plazo de presentación de solicitudes, se considera procedente ampliar el * mismo durante un mes más respecto al inicialmente previsto * en la convocatoria original. * * Por todo lo que antecede por Orden 125/2024 de 17 de mayo de 2024 del * Consejero de Transición Ecológica y Energía, se adopta el siguiente * * RESUELVO * * Primero. Modificación de las bases. * * Se modifican las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de * concurrencia no competitiva, destinadas a financiar el despliegue del * vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del taxi, * en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias * (Programa 5, Línea 1), con cargo al Plan de Recuperación, Transformación * y Resiliencia * (Componente 7, Inversión 2), aprobadas por Orden de la Consejero de del * Consejero de Transición Ecológica y Energía, de 18 de marzo de 2024 (BOC * n.º 62, de 26 de marzo): * * 1º.- Se modifica la base segunda en su apartado 2.1, que quedará * redactado de la siguiente manera: 2.1.- Para la linea 1 (Adquisición de * vehículo eléctrico enchufable para uso de taxi) las personas físicas que * ejerzan actividad económica en régimen de autónomos en el sector del * taxi. Para ello, deben estar en posesión de una licencia municipal que * le habilite para la prestación de servicio urbano en un municipio de * Canarias. * * 2º.- Se modifica la base tercera, apartado 3.1, párrafo séptimo, que * queda redactado en los siguientes términos: "En ambos casos, se requiere * que la fecha de factura de compraventa y los justificantes de pago del * destinatario último de la ayuda, sean posteriores al 16 de junio de * 2022". * * 3º.- Se modifican las bases 4.1.2., letra i); 4.2.2 y 4.2.3, quedando * redactadas de la siguiente manera: * * 4.1.2. i) Los costes de la unidad de producción renovable para generar * la energía eléctrica y almacenamiento de esa energía, que en caso de * existir, serán elegibles únicamente si están exclusivamente dedicados al * punto de recarga y se pueden considerar parte de la estación de recarga. * * 4.2.2.- A los efectos expuestos en el apartado anterior, se entiende que * existe achatarramiento previo de vehículo destinado al sector del taxi, * cuando se da de baja definitiva en el registro de vehículos de la * Dirección General de Tráfico, procediendo a la destrucción del mismo en * un Centro Autorizado de Tratamiento de este tipo de residuos. En este * caso, el vehículo debe ser de combustión interna y estar destinado a su * uso como taxi al momento de publicación de estas bases en el Boletín * Oficial de Canarias. * * 4.2.3.- Para la linea 2 la cuantía de la subvención se calculará * conforme a las siguientes reglas: * * 1.- Para los destinatarios que sean personas físicas (taxistas), la * ayuda para la instalación de infraestructura de recarga de vehículos * eléctricos será del 80% del coste subvencionable, sin que el importe de * la ayuda pueda ser superior a 6.000 euros por beneficiario. * * 2.- Para las Cooperativas, asociaciones, federaciones o agrupaciones del * sector del taxi la ayuda a otorgar será de un 70 % de los costes * subvencionables con carácter general, o el 80% del coste subvencionable * para aquellas actuaciones que justifiquen encontrarse en municipios de * menos de 5.000 habitantes. En ambos caso, el importe de la ayuda no * podrá superar los 200.000 euros por beneficiario. * * 3.- Para las Entidades Locales a las que se refiere el artículo 3 de la * Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y * el sector público institucional de cualesquiera Administraciones * Públicas a que se refiere el artículo 2.2…
Organismo convocante
CANARIAS — CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 19 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de abril de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Financiación europea | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Orden n.º125/2024 de modificación de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el despliegue del vehículo eléctrico e infraestructuras de recarga en el sector del Taxi, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 5, Línea 1), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos “Next Generation EU”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2). ↗
- NGEU C7 I2 CONV DESPLIEGUE VEHÍCULOS ELECT Y INFRAESTRUCT SECT TAXI ↗
Bases reguladoras
NGEU C7I2EE-12S CONV DESPLIEGUE VEHÍCULOS ELECT Y INFRAESTRUCT SECT TAXI
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1407/2013 de minimis, General