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IND/8/2024, de 14 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.

Denominacion oficial: Orden IND/8/2024, de 14 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.

Estado

No disponible

💰Importe

800.000 euros

📅Fecha inicio

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📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: CANTABRIA. Presupuesto total: 800.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750236) (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750243) (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/750248) Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria. Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria: a) Las cooperativas y sociedades laborales, por su constitución y para la actuación de incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo. b) Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones. Segundo. Objeto: 1. La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas al fomento del empleo, mejora de la competitividad y consolidación de las cooperativas y sociedades laborales que ejerzan su actividad de forma habitual en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de los siguientes programas de ayudas: a) Programa I: Constitución de nuevas cooperativas o sociedades laborales e Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. b) Programa II: Inversiones en inmovilizado material o inmaterial que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales, destinadas a la realización de aquellas inversiones. 2. Las ayudas contempladas en la presente orden se extenderán a todas las acciones subvencionables realizadas a partir del día 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024. 3. El ámbito de aplicación territorial será la Comunidad Autónoma de Cantabria. Tercero. Bases Reguladoras Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo. (BOC núm. 63, de 5 de abril de 2021). Cuarto. Cuantía. 1. Las subvenciones convocadas por esta orden se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2023, por un importe máximo de 1.034.650 euros, cuya distribución estimativa por partidas presupuestarias es la siguiente: - 12.04.494M.473, “Apoyo a la Economía Social. Incorporación de socios”: 434.650 euros. - 12.04.494M.771, “Apoyo a la Economía Social para inversiones”: 600.000 euros. PROGRAMA I – CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES 1. Por la constitución de cooperativas y sociedades laborales de nueva creación, previstas en el punto 2.a) del apartado decimotercero: a) 15.000 euros, cuando la cooperativa o sociedad laboral agrupe a dos personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que se integren como socios trabajadores o de trabajo en la nueva entidad, incrementándose en 2.000 euros más por cada nueva persona con las mismas características que se integre como socio en el momento de la constitución, hasta un máximo de 25.000 euros. 2. Por la incorporación de socios a cooperativas y sociedades laborales con posterioridad a la constitución de la entidad, previstas en el punto 2.b) del apartado Decimotercero, por cada socio que se incorpore, se podrán percibir las siguientes ayudas, dependiendo del colectivo al que pertenezca: a) Si la persona incorporada proviene de la situación de desempleo: 3.000 euros. En caso de que se trate de personas con discapacidad, jóvenes entre 16 y 34 años de edad, mujeres con 45 o más años de edad, hombres con 50 o más años de edad o mujeres víctimas de violencia de género: 5.000 euros. b) Si la persona incorporada como socio ya era una persona contratada en la cooperativa o sociedad, las ayudas a percibir serán de 2.500 euros, si la modalidad de su contrato hubiera sido de duración determinada o temporal; 2.000 euros, para el caso de trabajadores si el contrato hubiera sido indefinido. En caso de que se trate de personas con discapacidad, jóvenes entre 16 y 34 años de edad, mujeres con 45 o más años de edad, hombres con 50 o más años de edad o mujeres víctimas de violencia de género: 4.000 euros para la primera modalidad y 3.500 euros para la segunda. 3. Por la creación de cooperativas y sociedades laborales previstas en el punto 2.c) del apartado Decimotercero, 10.000 euros, incrementándose en 2.000 euros por cada persona desempleada e inscrita como demandante de empleo, que se integre como socio trabajador o de trabajo en la nueva entidad en el momento de la constitución, hasta un máximo de 20.000 euros. PROGRAMA II - INVERSIONES EN INMOVILIZADO MATERIAL O INMATERIAL QUE CONTRIBUYAN A LA CREACIÓN, CONSOLIDACIÓN, MODERNIZACIÓN O MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES 1. El importe máximo de la subvención podrá alcanzar hasta el 50% del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos, si bien se deberá justificar la totalidad con el fin de aplicar dicho porcentaje. 2. La subvención máxima a conceder en este programa a cada beneficiario será de 25.000 euros. Quinto. Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria» y finalizará el 30 de junio de 2024. Sexto. Otros datos: 1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Para la concesión de las mismas se tendrán en cuenta los principios de publicidad, igualdad, y objetividad, regulándose conforme lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto constituyan legislación básica del Estado, y en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. 2. En uso de la habilitación contenida en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion20 de marzo de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total800.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector economicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; INDUSTRIA MANUFACTURERA
Reglamento UEREG (UE) 2023/2831 de minimis, General

Informacion completa

Bases reguladorasOrden EPS/4/2021, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T17:17:23.712825