Subvenciones 2024 a personas desempleadas de Arrasate mayores de 25 años que cursen estudios.
Denominacion oficial: Convocatoria de subvenciones 2024 a personas desempleadas de Arrasate mayores de 25 años que cursen estudios.
Cerrada
6.345 euros
No disponible
31 de octubre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Gipuzkoa. Presupuesto total: 6.345 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Preámbulo. Uno de los ejes de trabajo del departamento de empleo del Ayuntamiento de Arrasate, tal y como refleja el propio presupuesto municipal de 2024, está orientado a promover acciones que contribuyan a facilitar el acceso al mercado laboral de las personas desempleadas del municipio. Entendiendo que la mejora de la cualificación profesional constituye una buena estrategia personal para acceder al empleo, el Ayuntamiento de Arrasate lanza este programa para promover que las personas desempleadas, durante los periodos de paro laboral, dediquen esfuerzo e inviertan tiempo en su propia formación, concretamente, incentivando económicamente a aquellas personas desempleadas mayores de 25 años, empadronadas en Arrasate, que cursen estudios de formación profesional. Artículo 1.- Objeto. El objetivo de estas bases es regular el sistema de subvenciones dirigidas a incentivar la realización de acciones formativas en el ámbito de la formación profesional, tanto reglada como no reglada, a personas desempleadas mayores de 25 años, empadronadas en Arrasate, con el fin de mejorar su empleabilidad. La subvención estará destinada a cubrir parte del gasto requerido para la realización de la formación en cuestión, que deberá reunir los siguientes requisitos: A) Tipo de acciones formativas subvencionables: Acciones formativas no regladas de cualquier nivel y materia que estén facultadas para otorgar certificado de profesionalidad. Acciones formativas regladas de formación profesional. Quedan excluidas las actividades formativas que tengan por objeto la enseñanza de idiomas. Por cada acción formativa únicamente se podrá optar a esta subvención en una sola convocatoria. B) Ubicación de las acciones formativas. Las acciones formativas se impartirán en centros de formación ubicados en Arrasate, o, en caso de que ésta no se ofreciera en ningún centro del municipio, en el centro más cercano ubicado en la CAPV y Navarra que sí las impartiera. C) Naturaleza de los centros de formación. Las acciones formativas podrán ser desarrolladas tanto por personas físicas como jurídicas, siempre y cuando se hallen dadas de alta en el IAE como entidades de formación. Artículo 2.- Personas beneficiarias. Tendrán la consideración de personas beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases, aquellas que reúnan las siguientes características: Tener 25 años cumplidos a la fecha de inicio de los estudios. Estar empadronadas en Arrasate, como mínimo, desde el 1 de noviembre de 2023. Hallarse registradas en Lanbide como desempleadas, al menos a partir de la fecha de inicio del curso en cuestión. Cursar estudios de formación profesional, tanto reglada como no reglada, en acciones formativas que reúnan los requisitos referidos en el artículo 1º-A de estas bases. Asistir con buen aprovechamiento, como mínimo, al 80% de las sesiones presenciales propuestas por el curso de formación al que se refiere la solicitud de subvención, y presentar el certificado de buen aprovechamiento emitido por dicho centro. Artículo 3.- Forma de presentación de las solicitudes. Las solicitudes de subvención podrán presentarse: - A través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en la dirección https://www.arrasate.eus/es/tramites-online/portal-del-ciudadano (obligatorio para las personas jurídicas) - Presencialmente en el BAZ (Servicio de Atención a la Ciudadanía), opcional para las personas físicas. - En las demás formas legalmente previstas conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BAZ, horario de atención al público: - Lunes a viernes – de 7:30 a 15:00. - Jueves: 7:30-18:30 - Sábados: mañana, de 9:00 a 13:00. - En agosto, de lunes a viernes: 8:30-14:00 El plazo para solicitar las ayudas que regula esta convocatoria finalizará el 31 de octubre de 2024. Junto a la solicitud de subvención, se deberá aportar la siguiente documentación: DNI/NIE/Pasaporte del solicitante. Curriculum vitae de la persona solicitante, que incluya experiencia laboral y bagaje académico completos. Certificado de vida laboral de la persona solicitante de la ayuda, emitido por la Seguridad Social. Certificado actualizado de inscripción como desempleada de la persona solicitante, emitido por Lanbide Servicio Vasco de Empleo. Justificante de matriculación o inscripción de la persona solicitante de la subvención en la acción formativa correspondiente. Presupuesto de los costes de la acción formativa, emitido por el centro de formación, detallado por conceptos (costes de matrícula, mensualidades, material didáctico, equipos de protección, etc) Declaración responsable relativa a otras subvenciones por la misma acción formativa. Certificado de estar al corriente de pagos a Hacienda en el momento de presentar la solicitud de subvención. Respecto a este documento, según lo recogido en el artículo 7.g) de las bases generales de la convocatoria 2024 de subvenciones del Ayuntamiento de Arrasate, según lo reconocido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de Arrasate podrá consultar o recabar dicho documento, salvo que el interesado se oponga a ello. Otra documentación adicional que el Ayuntamiento de Arrasate, estimándola necesaria, pudiera requerir en cada caso. Artículo 4.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, hasta el 31 de octubre de 2024, pudiéndose presentar solicitud para acciones formativas iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2023. Artículo 5.- Gastos subvencionables y cuantía de las subvenciones: Se considerarán gastos subvencionables: Los costes de la propia acción formativa (matrícula, mensualidades, material didáctico, etc…) Los costes de desplazamiento hasta el centro de formación. No serán subvencionables los costes de equipos informáticos y similares. Este…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 25 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 6.345 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Convocatoria de subvenciones 2024 a personas desempleadas de arrasate mayores de 25 años que cursen estudios. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T17:02:01.564093 |