Ayudas municipales para Iniciativas Locales de Empleo: Ayudas al Inicio de Actividad
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43.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto total: 43.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la Resolución AYT/DEC/4019/2024 de fecha 27 de mayo de 2024 de la Concejalía de Desarrollo Urbano y Económico por la que se convocan las Iniciativas Locales de Empleo: Ayudas al Inicio de Actividad, año 2024. Resolución AYT/4019/2024 de 27 de mayo de 2024 de la Concejalía de Desarrollo Urbano y Económico por la que se convocan las Iniciativas Locales de Empleo: Ayudas al Inicio de Actividad, año 2024. Primero: Beneficiarios. Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos: a) Será requisito imprescindible de las personas beneficiarias estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias ni de la Hacienda Municipal por deudas vencidas, líquidas y exigibles. b) Que no concurra ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 6.3 de la OGMS que impide la condición de beneficiario. c) Disponer de Licencia de Apertura/Comunicación previa/Declaración Responsable/Cambio de titularidad de inicio de actividad, según proceda, en un local comercial situado en el concejo de Avilés. d) Haber iniciado una actividad empresarial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. Se entenderá como fecha de inicio de la actividad la de la correspondiente alta en Hacienda. En el caso de personas físicas integradas en una comunidad de bienes o sociedad civil, cada una de ellas podrá recibir como máximo el porcentaje de ayuda que le corresponda, con el tope de 2.000 euros por empresa. Segundo: Objeto. El objeto de la presente convocatoria es incentivar las actividades económicas y el uso de locales comerciales por personas físicas, con el fin de iniciar una actividad por cuenta propia de carácter empresarial, comercial o profesional en el concejo de Avilés. (Como local comercial se entiende aquel ubicado en la planta baja de un inmueble y con acceso directo a la vía pública). Tercero: Bases Reguladoras. La presente Convocatoria se publicará en el Tablón de Edictos municipal accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés. Del mismo modo, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se remitirá extracto de la misma a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, para su ulterior publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los términos establecidos en el artículo 20 de la citada Ley. Cuarto: Cuantía. La cantidad inicial máxima prevista en la presente convocatoria para esta línea de subvención asciende a 55.000 euros. En el caso en el que se den las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de Subvenciones (R.D. 887/2006), se podrá aplicar a la concesión de estas subvenciones, sin necesidad de nueva convocatoria, una cuantía adicional que se fijará dependiendo de las disponibilidades presupuestarias de la partida 171 433 10 47001 Prog. Subv. Promoción Empresarial. Se establece una ayuda por un importe máximo de 2.000 euros para cada persona física que deberán de ser destinados a sufragar gastos derivados del inicio de la actividad como son el pago del alquiler del local comercial, así como los certificados de seguridad correspondientes u otros similares que haya que obtener por la naturaleza de la actividad, seguros del local comercial en el que se realiza la actividad o de responsabilidad civil, alta en suministros imprescindibles para el inicio de la actividad y sus primeras facturas como el suministro eléctrico, combustible y servicios de telecomunicaciones (telefonía, internet) y la compra de las mercaderías y existencias necesarias para el desarrollo de la actividad. No serán subvencionables las inversiones realizadas en activos fijos o en la reforma del local. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA y finalizará el 15 de julio de 2024.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 28 de mayo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 43.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | CONCURRENCIA COMPETITIVA |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T13:13:12.029562 |