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Convocatoria para el otorgamiento de las Subvenciones en materia de Rehabilitación residencial como complemento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presupuesto 2024 mediante concurrencia pública no competiva

Estado

No disponible

💰Importe

440.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Barcelona. Presupuesto total: 440.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers (http://seuelectronica.granollers.cat): Primero.- Beneficiarios Podrán ser destinatarios de las ayudas las comunidades de propietarios constituidas en propiedad horizontal o propietario únicos. Los destinatarios de las ayudas podrán ceder el cobro de éstas al agente o gestor de la rehabilitación mediante acuerdo de la propiedad, de la comunidad de propietarios que les faculte y autorice actuar como tales (según prevé el artículo 8 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre) Los destinatarios, o en su caso el agente o gestor de la rehabilitación que actúe por cuenta de aquéllos, destinarán el importe íntegro de la ayuda al pago de las correspondientes actuaciones. Igualmente al tratarse de comunidades de propietarios esta regla resultará igualmente de aplicación con independencia de que, tanto el importe de ésta, como el coste de las obras, deba repercutirse en los propietarios de viviendas y, en el en su caso, en los propietarios de locales comerciales o predios de otros usos compatibles, de conformidad con las reglas previstas en la legislación sobre propiedad horizontal. Cuando el propietario de la vivienda y el arrendatario de ésta acuerden que el arrendatario asuma a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan, a cambio del pago de la renta, el arrendatario podrá solicitar de la comunidad de propietarios la adopción del correspondiente acuerdo requerido para solicitar estas ayudas. En este supuesto, el arrendatario podrá tener la consideración de destinatario. Requisitos de los edificios objeto de las actuaciones: 1 Disponer del proyecto de las actuaciones a realizar o, en los casos en que las actuaciones no exijan proyecto, una memoria técnica. El contenido mínimo obligatorio de estos documentos se indica en el anexo. 2 El diseño del edificio y las técnicas de construcción propuestas apoyarán la circularidad en referencia a la ISO 20887 y otras normas, donde el diseño favorece la eficiencia en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje. 3 Retirar del edificio o ámbito de actuación de la rehabilitación en el edificio, aquellos productos de construcción que contengan amianto. 4 En el caso de edificios de tipología residencial colectiva, se tendrán que cumplir las siguientes condiciones: a) Que al menos el 50% de la superficie construida sobre la rasante, excluida la planta baja si tiene otros usos distintos al residencial, tenga uso residencial vivienda. b) Que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios. En el caso de propiedad horizontal, de acuerdo con el artículo 553-25 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales, se requerirá mayoría simple de los propietarios que han participado en cada votación, que debe representar, al mismo tiempo, la mayoría simple del total de sus cuotas de participación. Segundo.- Objeto Estas subvenciones tienen por objeto complementar mediante fondos municipales la financiación prevista sobre las obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, sin perjuicio de que puedan complementarse con otras actuaciones de rehabilitación. Tercero.- Bases reguladores La Junta de Gobierno Local, en fecha 25 de octubre de 2022, aprobó las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación residencial como complemento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El texto de estas Bases reguladoras se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 4 de noviembre de 2022. Las Bases se pueden consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers - apartado de subvenciones. Cuarto.- Cuantía La cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el valor menor resultante de la aplicación de la tabla establecida a continuación. En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá superar el coste de la actuación, incluyendo la percepción de otras subvenciones. Línea 1 (Programa 1) Ahorro energético conseguido con la actuación (Energía primaria, no renovable Epnr): Mínimo 30% Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación: 30% Vivienda. Cuantía máxima de la ayuda por vivienda (euros): 4.300,00 euros Línea 3 (Programa 3) Ahorro energético conseguido con la actuación. (Energía primaria, no renovable Epnr): Mínimo 30% Cuantía máxima de la ayuda por vivienda (euros), según Antigüedad construcción edificio ( A efectos de considerar la antigüedad de la construcción se tomará como referencia los datos que consten en el catastro): Antes 1980 : 4.300,00 euros Entre 1980 i 1996 : 4.000,00 euros Posteriores a 1996: 3.700,00 euros La cuantía total máxima de la que está dotado este programa de subvenciones es de 440.000 euros, que se imputarán a la aplicación L3101/15220/78002 Ayudas a la mejora de la accesibilidad. Estas subvenciones se otorgan por el Ayuntamiento de Granollers, quien asumirá su pago. La dotación presupuestaria máxima de esta convocatoria para la concesión de subvenciones podrá incrementarse en una cuantía adicional máxima de 160.000,00 euros, y que deberá incorporarse antes de la concesión de las subvenciones. Esta convocatoria se hace constar expresamente que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito a consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la finalización de las resoluciones de la concesión de la subvención. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes La convocatoria se iniciará a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion29 de julio de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total440.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector economico43 - Actividades de construcción especializada; 42 - Ingeniería civil; 81 - Servicios a edificios y actividades de jardinería

Informacion completa

Bases reguladorasBases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación residencial como complemento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-20T09:21:23.935267