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De la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos

Denominacion oficial: Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

12.000 euros

📅Fecha inicio

13 de agosto de 2024

📅Fecha fin

30 de septiembre de 2024

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: A Coruña. Presupuesto total: 12.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A FAMILIAS PARA MATERIAL ESCOLAR PARA El CURSO 2024/2025 DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA, FP BÁSICA, BACHILLERATO, Y PARA GASTOS DE DESPLAZAMIENTOS PARA ESTUDIANTES DE CICLOS MEDIO O SUPERIOR Y UNIVERSITARIOS Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria pública en concurrencia competitiva para la concesión de ayudas destinadas la adquisición de libros de texto y/o material escolar complementario, con el fin de promover el principio e igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y compensar a las familias para hacer frente a los gastos derivados de la escolarización de sus hijos e hijas matriculados en los cursos de Educación Infantil y Educación Primaria, ESO, FP Básica y Bachillerato; y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y universitarios, todo en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en el reglamento de servicios de las corporaciones locales, en la Ley 5/1997, de Administración Local de Galicia, en la Ley 38/203, de 7 de noviembre, general de subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 1.-Objeto de la convocatoria. El objeto de estas bases consiste en regular las normas por las que regirá la convocatoria pública de ayudas a estudiantes de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, FP Básica y Bachillerato a conceder por el Ayuntamiento de As Somozas para compra de libros y/o material escolar y complementario que sea necesario para la actividad escolar. Los conceptos específicos que se subvencionan son: - Libros escolares (incluidos los diccionarios) - Libros de lectura necesarios durante el curso escolar. - Material fungible (bolígrafos, colores, libretas, folios, rotuladores, tijeras, gomas, afilalápiz, carpetas, pegamento, lápiz, pinceles, material de dibujo, instrumento musical, etc.) necesario para la actividad escolar. - Mochila, estuche y neceser. (El importe máximo en este concepto no será superior al 50% de la ayuda concedida). - Material y libros específicos para el alumnado con necesidades especiales. - Material informático: tinta impresora, pen drives. - Material deportivo: ropa y calzado destinados única y exclusivamente a la práctica de ejercicio físico, nombradamente chándales, camisetas deportivas, pantalones de deporte y calcetines deportivos y tenis. -Material incluido en el listado de educación infantil distinto del material fungible (toallitas húmedas y paños). En el caso de estudiantes de Ciclos Medio o Superior y Universitarios, el concepto específico que se subvenciona es el de desplazamientos. El presupuesto máximo para las dichas ayudas es de 12.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 2024.320.480.00 Las ayudas concedidas en virtud de la presente ordenanza serán compatibles con cualquier otra que se pueda percibir con la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, siempre que las ayudas concurrentes no superen el coste del material escolar subvencionado. 2.-Personas beneficiarias. Podrán solicitar esta subvención las personas físicas padre, madre, tutor/a o familias acogedoras de un/una o varios menores. Estudiantes mayores de edad que cursen alguno de los niveles indicados. En el caso de estudiantes de bachillerato o ciclos formativos no podrán superar los 25 años de edad ni tener rendimientos de trabajo superiores a 5.000 € A los efectos de estas bases, se considerará unidad familiar: los núcleos de convivencia formados por los padres/madres o tutores, hijos/hijas menores de 18 años, e hijos/las solteros/las menores de 26 años empadronados en el Ayuntamiento de As Somozas y en el mismo domicilio, en la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los progenitores, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con los hijos o hijas. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o pareja de hecho, y las rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. En los supuestos de custodia compartida se incluirán ambos progenitores dentro del cómputo de la renta familiar. 2.1.-Requisitos de las personas beneficiarias. * Estar empadronadas/los en el Ayuntamiento de As Somozas por lo menos un de los padres o tutores legales así como las/los alumnas/os para los que se solicite la ayuda. En el caso de alumnas y alumnos mayores de edad será suficiente con que esté empadronado en el Ayuntamiento el estudiante que solicita la ayuda. * La solicitud será formulada por padre, madre, tutor/a de la/el alumna/el cuando sean menores de edad. En el caso de estudiantes mayores de edad deberán tramitar la solicitud a su nombre. * A/el alumna/o debe tener escolarización durante el curso escolar 2024/2025, en algún de los niveles descritos en un centro de enseñanza pública. *No tener deudas con el Ayuntamiento de As Somozas ni con cualquier administración pública. *Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 10 de la Ley 9/2007. * No superar los ingresos, en particular la suma de las bases imponibles del IRPF (recuadros 435+460) de los miembros que integran la unidad familiar, que establece el baremo económico siguiente : Número de miembros de la unidad familiar Límite de renta anual familiar Unidad familiar de 2 miembros 3 x IPREM (25.200 €) Unidad familiar de 3 miembros 4 x IPREM (33.600€) Unidad familiar de 4 miembros 5 x IPREM (42.000 €) Unidad familiar de 5 miembros 5,5 x IPREM (46.200 €) Unidad familiar de 6 miembros 6 x IPREM (50.400 €) - Sí la/el alumna/o para la/el que se solicita la ayuda tiene reconocida por la Xunta de Galicia un Grado de Discapacidad igual o superior a un 33%…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion8 de agosto de 2024
Fecha inicio de solicitudes13 de agosto de 2024
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2024

Informacion economica

Presupuesto total12.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector economicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN

Informacion completa

Bases reguladorasBases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos
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Ultima actualizacion BD2026-07-20T08:46:39.605556