De la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos
Denominacion oficial: Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos
Cerrada
12.000 euros
13 de agosto de 2024
30 de septiembre de 2024
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: A Coruña. Presupuesto total: 12.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A FAMILIAS PARA MATERIAL ESCOLAR PARA El CURSO 2024/2025 DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA, FP BÁSICA, BACHILLERATO, Y PARA GASTOS DE DESPLAZAMIENTOS PARA ESTUDIANTES DE CICLOS MEDIO O SUPERIOR Y UNIVERSITARIOS Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria pública en concurrencia competitiva para la concesión de ayudas destinadas la adquisición de libros de texto y/o material escolar complementario, con el fin de promover el principio e igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y compensar a las familias para hacer frente a los gastos derivados de la escolarización de sus hijos e hijas matriculados en los cursos de Educación Infantil y Educación Primaria, ESO, FP Básica y Bachillerato; y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y universitarios, todo en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en el reglamento de servicios de las corporaciones locales, en la Ley 5/1997, de Administración Local de Galicia, en la Ley 38/203, de 7 de noviembre, general de subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 1.-Objeto de la convocatoria. El objeto de estas bases consiste en regular las normas por las que regirá la convocatoria pública de ayudas a estudiantes de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, FP Básica y Bachillerato a conceder por el Ayuntamiento de As Somozas para compra de libros y/o material escolar y complementario que sea necesario para la actividad escolar. Los conceptos específicos que se subvencionan son: - Libros escolares (incluidos los diccionarios) - Libros de lectura necesarios durante el curso escolar. - Material fungible (bolígrafos, colores, libretas, folios, rotuladores, tijeras, gomas, afilalápiz, carpetas, pegamento, lápiz, pinceles, material de dibujo, instrumento musical, etc.) necesario para la actividad escolar. - Mochila, estuche y neceser. (El importe máximo en este concepto no será superior al 50% de la ayuda concedida). - Material y libros específicos para el alumnado con necesidades especiales. - Material informático: tinta impresora, pen drives. - Material deportivo: ropa y calzado destinados única y exclusivamente a la práctica de ejercicio físico, nombradamente chándales, camisetas deportivas, pantalones de deporte y calcetines deportivos y tenis. -Material incluido en el listado de educación infantil distinto del material fungible (toallitas húmedas y paños). En el caso de estudiantes de Ciclos Medio o Superior y Universitarios, el concepto específico que se subvenciona es el de desplazamientos. El presupuesto máximo para las dichas ayudas es de 12.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 2024.320.480.00 Las ayudas concedidas en virtud de la presente ordenanza serán compatibles con cualquier otra que se pueda percibir con la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, siempre que las ayudas concurrentes no superen el coste del material escolar subvencionado. 2.-Personas beneficiarias. Podrán solicitar esta subvención las personas físicas padre, madre, tutor/a o familias acogedoras de un/una o varios menores. Estudiantes mayores de edad que cursen alguno de los niveles indicados. En el caso de estudiantes de bachillerato o ciclos formativos no podrán superar los 25 años de edad ni tener rendimientos de trabajo superiores a 5.000 € A los efectos de estas bases, se considerará unidad familiar: los núcleos de convivencia formados por los padres/madres o tutores, hijos/hijas menores de 18 años, e hijos/las solteros/las menores de 26 años empadronados en el Ayuntamiento de As Somozas y en el mismo domicilio, en la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los progenitores, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con los hijos o hijas. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o pareja de hecho, y las rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. En los supuestos de custodia compartida se incluirán ambos progenitores dentro del cómputo de la renta familiar. 2.1.-Requisitos de las personas beneficiarias. * Estar empadronadas/los en el Ayuntamiento de As Somozas por lo menos un de los padres o tutores legales así como las/los alumnas/os para los que se solicite la ayuda. En el caso de alumnas y alumnos mayores de edad será suficiente con que esté empadronado en el Ayuntamiento el estudiante que solicita la ayuda. * La solicitud será formulada por padre, madre, tutor/a de la/el alumna/el cuando sean menores de edad. En el caso de estudiantes mayores de edad deberán tramitar la solicitud a su nombre. * A/el alumna/o debe tener escolarización durante el curso escolar 2024/2025, en algún de los niveles descritos en un centro de enseñanza pública. *No tener deudas con el Ayuntamiento de As Somozas ni con cualquier administración pública. *Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 10 de la Ley 9/2007. * No superar los ingresos, en particular la suma de las bases imponibles del IRPF (recuadros 435+460) de los miembros que integran la unidad familiar, que establece el baremo económico siguiente : Número de miembros de la unidad familiar Límite de renta anual familiar Unidad familiar de 2 miembros 3 x IPREM (25.200 €) Unidad familiar de 3 miembros 4 x IPREM (33.600€) Unidad familiar de 4 miembros 5 x IPREM (42.000 €) Unidad familiar de 5 miembros 5,5 x IPREM (46.200 €) Unidad familiar de 6 miembros 6 x IPREM (50.400 €) - Sí la/el alumna/o para la/el que se solicita la ayuda tiene reconocida por la Xunta de Galicia un Grado de Discapacidad igual o superior a un 33%…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 8 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 13 de agosto de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2024 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 12.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2024/2025 y para gastos de desplazamientos |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T08:46:39.605556 |