SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES/AS QUE INICIEN SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN BURJASSOT DURANTE EL EJERCICIO 2024
Denominacion oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES/AS QUE INICIEN SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN BURJASSOT DURANTE EL EJERCICIO 2024
No disponible
6.500 euros
No disponible
No disponible
Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 6.500 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero.- Beneficiarios. A)Los trabajadores/as autónomos/as en el municipio de Burjassot que ejerzan una actividad empresarial en el municipio. B)Los trabajadores/as autónomos/as que, sin estar empadronados/as en Burjassot soliciten una licencia de apertura de un local ubicado en el municipio de Burjassot. C)Cooperativas de nueva creación, cuyo domicilio social se encuentre en Burjassot. Segundo.- Objeto. El objeto de las siguientes ayudas es apoyar y fomentar la creación de actividad empresarial independiente en el marco de acciones dirigidas al apoyo al emprendedor/a a través de la concesión de una ayuda por parte del Ayuntamiento de Burjassot. La finalidad de esta convocatoria es el impulso y apoyo a la puesta en marcha de iniciativas empresariales dentro del ámbito territorial de Burjassot que supongan un efecto incentivador de la actividad económica del mismo. Tercero.- Ordenanza General Reguladora de Subvenciones. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024. URL: http://www.burjassot.org/normativa/ordenanza-general-subvenciones/ Cuarto.- Convocatoria: La convocatoria de las ayudas está aprobada por Junta de gobierno Local de 15 de julio de 2024. URL: https://sede.burjassot.org/ Quinto.- Financiación. El importe de estas ayudas se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 4312.48003 “Subvenciones a emprendedores”. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 5.000 euros. Sexto.- Plazo de presentación. La presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 21 de agosto de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 6.500 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | 47.9 - Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor; 47.1 - Comercio al por menor no especializado |
Enlaces oficiales
Otras ayudas que pueden interesarte
Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | APROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T08:19:41.356850 |