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SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES/AS QUE INICIEN SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN BURJASSOT DURANTE EL EJERCICIO 2024

Denominacion oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES/AS QUE INICIEN SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN BURJASSOT DURANTE EL EJERCICIO 2024

Estado

No disponible

💰Importe

6.500 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 6.500 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero.- Beneficiarios. A)Los trabajadores/as autónomos/as en el municipio de Burjassot que ejerzan una actividad empresarial en el municipio. B)Los trabajadores/as autónomos/as que, sin estar empadronados/as en Burjassot soliciten una licencia de apertura de un local ubicado en el municipio de Burjassot. C)Cooperativas de nueva creación, cuyo domicilio social se encuentre en Burjassot. Segundo.- Objeto. El objeto de las siguientes ayudas es apoyar y fomentar la creación de actividad empresarial independiente en el marco de acciones dirigidas al apoyo al emprendedor/a a través de la concesión de una ayuda por parte del Ayuntamiento de Burjassot. La finalidad de esta convocatoria es el impulso y apoyo a la puesta en marcha de iniciativas empresariales dentro del ámbito territorial de Burjassot que supongan un efecto incentivador de la actividad económica del mismo. Tercero.- Ordenanza General Reguladora de Subvenciones. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024. URL: http://www.burjassot.org/normativa/ordenanza-general-subvenciones/ Cuarto.- Convocatoria: La convocatoria de las ayudas está aprobada por Junta de gobierno Local de 15 de julio de 2024. URL: https://sede.burjassot.org/ Quinto.- Financiación. El importe de estas ayudas se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 4312.48003 “Subvenciones a emprendedores”. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 5.000 euros. Sexto.- Plazo de presentación. La presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion21 de agosto de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total6.500 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector economico47.9 - Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor; 47.1 - Comercio al por menor no especializado

Informacion completa

Bases reguladorasAPROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-20T08:19:41.356850