Ayudas al nacimiento o adopción de hijos e hijas (“Bono Pequepinsequero”)
Denominacion oficial: Convocatoria de Ayudas al nacimiento o adopción de hijos e hijas (“Bono Pequepinsequero”)
Cerrada
20.000 euros
No disponible
31 de diciembre de 2025
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Zaragoza. Presupuesto total: 20.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria: - Madres o padres cuyo hijo/a haya nacido o haya sido adoptado/a entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, siempre que el menor adoptado/a sea menor o igual de 5 años. -Tutor o Tutora con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de los padres del supuesto anterior. - En caso de divorcio o separación, tendrá derecho a la subvención cada progenitor en función del porcentaje de tiempo de custodia que tenga cada uno del menor. Para poder optar a la ayuda regulada en la presente convocatoria, los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos: Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España (para ambos progenitores). Padres y madres deben estar empadronados en el municipio de Pinseque y al menos, el solicitante, con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda; salvo en caso de divorcio o separación o de familias monoparentales que sólo se exigirá estar empadronado al solicitante con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda. El bebé o niño/a tiene que encontrarse empadronado en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud. En el caso de adopción, será condición indispensable que el adoptado sea menor o igual a 5 años. Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Pinseque. No incurrir en ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención. Segundo. Objeto La subvención tiene por finalidad financiar aquellos gastos derivados por nuevo nacimiento o adopción del niño/a. Será condición para que los gastos sean subvencionables que los productos se hayan adquirido en cualquier comercio de la localidad de Pinseque y estén relacionados con las necesidades del bebé o niño/a. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza reguladora de las Ayudas al nacimiento o adopción de hijos e hijas (Bono Pequepinsequero), aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 30 de enero de 2024, y publicada con carácter definitivo en el BOPZ nº 210 de 11 de septiembre de 2024. Cuarto. Cuantía de la ayuda. El importe individual de la ayuda regulada en la presente convocatoria ascenderá a la cantidad de cuatrocientos cincuenta euros (450,00€) por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a (menor o igual a 5 años). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o bien de forma electrónica a través del registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinseque [http://pinseque.sedelectronica.es], en el plazo máximo de doce (12) meses desde el nacimiento o adopción de los hijos e hijas, y en todo caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 21 de octubre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2025 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 20.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ordenanza municipal reguladora de la concesión de ayudas al nacimiento o adopción de hijos e hijas (Bono Pequepinsequero) |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T05:05:20.263025 |