5 de noviembre de 2024 por la que se realiza convocatoria para 2024, de las ayudas previstas en la Orden de 29 de julio de 2024, convocatoria de ayudas ala investigación en patrimonio etnológico
Denominación oficial: Resolución de 5 de noviembre de 2024 por la que se realiza convocatoria para 2024, de las ayudas previstas en la Orden de 29 de julio de 2024, convocatoria de ayudas ala investigación en patrimonio etnológico
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 360.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. 1.Se convoca para el ejercicio 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía. 2. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía. 3. Se aprueban en la presente Resolución los formularios de Solicitud (Anexo I) que incluye la posibilidad de presentar su subsanación, Alegaciones, aceptación y presentación de documentos (Anexo II), y Justificación (Anexo III). 4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria se encuentra en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, con el código número 25648. Segundo. Objeto. Estas subvenciones tienen fomentar el conocimiento del patrimonio etnológico en Andalucía mediante la concesión de ayudas a las universidades públicas andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación. Con ello se pretende favorecer la salvaguarda del patrimonio etnológico (material e inmaterial) en Andalucía, tanto del que se encuentre en situación de peligro o vulnerabilidad como el declarado por la normativa vigente, impulsando su transmisión, conocimiento y difusión. 2. Se establecen los siguientes ámbitos de investigación: a) Estudios que tengan como objeto rituales festivos propios de la cultura andaluza, con especial relevancia al patrimonio de naturaleza religiosa. b) Estudios que tengan como objeto oficios, saberes y técnicas artesanales propios de la cultura andaluza, especialmente los relacionados con la cerámica y alfarería, vidrio, esparto, piedra seca, bordado, repujado del cuero, imaginería, orfebrería, platería, etc. c) Estudios que tengan como objeto las representaciones y escenificaciones, bailes, manifestaciones musicales y dancísticas, transmitidas fundamentalmente de forma oral. d) Realización de cartas etnográficas o patrimoniales que inventaríen o identifiquen y documenten los bienes materiales e inmateriales, con especial relevancia de aquellos de naturaleza religiosa, de municipios y comarcas andaluces, identificando sus riesgos y proponiendo medidas adecuadas para su tutela y salvaguarda. En cualquier caso, en todos los ámbitos señalados, se incluirá la documentación de los bienes materiales y espacios e inmuebles vinculados a dichas prácticas y saberes. Tercero. Requisitos para solicitar la subvención y criterios de valoración de las solicitudes. 1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las universidades públicas andaluzas 2.Las universidades solicitantes de la subvención, tendrán que contar con un Equipo de Investigación que deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Estar dirigido por una persona Investigadora Principal que asumirá la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto. Dicha persona, deberá poseer el título de Grado o Licenciatura en el ámbito de las Humanidades con titulo de doctor, desarrollo curricular en etnológia, etnografía o antropología, y tendrá una vinculación laboral o funcionarial con la entidad solicitante. b) Las personas integrantes del Equipo de Investigación tendrán formación académica relacionada con la materia y acreditarán experiencia en la misma, en relación con la actividad que se le encomiende. 3. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el apartado 12.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras. Cuarto. Solicitudes. 1. Las solicitudes de las subvenciones se cumplimentarán de acuerdo con los formularios que estarán disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, al que puede acceder a través de la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25648.html 2. Si las solicitudes no se hubieran cumplimentado de forma completa, el órgano instructor requerirá de manera conjunta a las entidades interesadas para que en el plazo de diez días a partir del día siguiente al de la publicación del requerimiento, procedan a la subsanación, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, previa resolución que deberá ser publicada en la dirección electrónica indicada en el apartado 1 3. Las solicitudes y demás documentos a los que se refiere el apartado anterior irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico. 4. Cada entidad podrá presentar más de una solicitud, no obstante, no podrá figurar en ellas la misma persona Investigadora Principal. En caso de presentarse varias solicitudes en las que figure la misma persona Investigadora Principal, se tendrá en cuenta la última de ellas, presentada en el plazo establecido para la presentación de solicitudes. Quinto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes y demás documentos se presentarán exclusivamente de forma electrónica, en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/registro-electronico.html que será accesible también desde la dirección correspondiente del Catálogo de Procedimientos y Servicios. 2. Si alguna de las entidades presentará su…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de noviembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 21 de noviembre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de diciembre de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 18 - Artes gráficas y reproducción de soportes grabados; 74 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas; 80 - Servicios de investigación y seguridad |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 360.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las BBRR lsubv, concurrenc competitiva patrimonio etnologico