Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar intervenciones en países en desarrollo relativas a Cooperación al Desarrollo Humano y Sostenible.
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1.780.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. Presupuesto total: 1.780.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.): 802611 Primero. Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente resolución, las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo definidas en el artículo 2.1.A) de la Orden ECD/76/2016, de 1 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, que cumplan los requisitos exigidos en el mismo. 2. También podrán participar en la convocatoria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para la línea de subvención de esta convocatoria. Los miembros integrantes de la agrupación deberán cumplir los requisitos señalados en el apartado anterior. Segundo. Objeto: 1. La presente resolución tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de las Intervenciones definidas en el artículo 1.1.A) de la Orden ECD/76/2016, de 1 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo (BOC nº 135, de 13 de julio). Tercero. Bases reguladoras: La resolución de convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ECD/76/2016, de 1 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo (BOC nº 135, de 13 de julio de 2016). Cuarto. Cuantía: 1. La cantidad máxima global de esta convocatoria se fija en UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA MIL EUROS (1.780.000,00 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 07.08.144A.781.03, de los Presupuestos Generales de la Comunidad autónoma de Cantabria para el año 2025, quedando las obligaciones derivadas del compromiso de gasto sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2025. 2. De dicha cantidad se destinará un total de 1.500.000,00 euros a financiar intervenciones de desarrollo (modalidad A), y un total de 280.000,00 euros a financiar micro acciones (modalidad B), todo ello sin perjuicio de su posible redistribución cuando, una vez valoradas y adjudicadas las subvenciones de las modalidades A y B, el crédito total asignado a cada modalidad no se agote. 3. La cuantía individualizada de la subvención no podrá superar: a) En intervenciones de desarrollo (modalidad A) el 80% del presupuesto total de la intervención, sin que en ningún caso este porcentaje pueda exceder de la cuantía de 120.000,00 euros. b) En micro acciones (modalidad B) el 80 % del presupuesto total de la intervención, sin que en ningún caso este porcentaje pueda exceder de la cuantía de 48.000,00 euros. 4. Las subvenciones se concederán dentro de los límites del crédito máximo previsto en la presente convocatoria para cada modalidad, según el orden de prelación fijado en virtud de la puntuación obtenida. En ambos casos, vendrá determinada de la siguiente forma: a) La entidad solicitante que obtenga mayor puntuación percibirá el 100% de la subvención solicitada, siempre que no supere el límite establecido en cada caso, en el apartado anterior. b) El resto de solicitantes percibirán el porcentaje de la cuantía máxima que corresponda a la puntuación alcanzada, si bien ponderado con el porcentaje aplicado a la puntuación del primero. c) Cuando de acuerdo con las letras anteriores de este apartado a un solicitante le correspondiera percibir una subvención por importe superior al solicitado, la subvención se concederá por la cuantía solicitada. 5. La subvención individualizada no podrá exceder de los límites establecidos en el apartado 3 de este artículo, debiendo ser financiado el resto por otras entidades públicas y/o privadas, o por la entidad solicitante. Al efecto, la entidad beneficiaria deberá informar sobre las ayudas públicas o privadas que financiarán el resto de la actuación, indicando la cantidad financiada y el porcentaje que representa sobre el coste total, que deberá ser convenientemente documentada y valorada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Documentación La solicitud y los ANEXOS, de la convocatoria, podrán conseguirse en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/ayudas-y-subvenciones, en la BDNS y se acompañará de la documentación señalada en el apartado 3 del artículo 6 de la Resolución de convocatoria.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 12 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 1.780.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden ECD/76/2016, de 1 de julio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarro |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T02:05:05.242182 |