Resolución de 13/12/2024 disponibilidad presupuestaria ayudas condiciones básicas de vida 2025
Cerrada
300.000 euros
1 de enero de 2025
31 de diciembre de 2025
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto total: 300.000 euros. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Personas beneficiarias. Podrán concurrir a la presente convocatoria de ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 112/2007, de 3 de julio, por el que se regulan ayudas, para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida. Segundo. Objeto. La presente resolución tiene por objeto publicar el crédito presupuestario disponible durante el ejercicio 2025, para atender las ob ligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de las ayudas económicas para atender situaciones de necesidad o desventaja social en que se encuentren las personas que no estén en disposición de mantener, a través de sus fuentes de ingresos, unas condiciones básicas de vida en su hogar habitual, por el hecho de que el/la cónyuge, persona con quien mantenía análoga relación de afectividad o familiar con quien compartía los gastos y de quien dependía económicamente ha fallecido. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 112/2007, de 3 de julio, (D.O.C.M nº 142, de 6 de julio de 2007) modificado por el Decreto 283/2007, de 9 de octubre (D.O.C.M nº 213, de 12 de octubre de 2007) y por el Decreto 177/2009, de 17 de noviembre (D.O.C.M nº 229, de 20 de noviembre de 2009). Cuarto. Cuantía. 1. El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 300.000,00 euros. Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de enero de 2025 y finalizará el 31 de diciembre del mismo año, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de las mismas en cada ejercicio presupuestario. 2. Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico. Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la ayuda se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la persona solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica. b) En el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus delegaciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. Las personas beneficiarias de las ayudas económicas en el último trimestre de 2024 no tendrán la obligación de presentar nueva solicitud durante 2025, mientras sigan cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 112/2007, de 3 de julio.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 17 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2025 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 300.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Decreto 112/2007 de 3 julio, modificado por Decreto 283/2007 de 9 de octubre y por Decreto 177/2009 de 17 noviembre. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T01:49:03.113944 |