Convocatoria subvenciones fuen-english 2025. Acuerdo JGL 07/02/2025 pto. 12
Denominación oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES FUEN-ENGLISH 2025. ACUERDO JGL 07/02/2025 PTO. 12
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 600.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) PRIMERO: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los alumnos/as de ESO/Bachillerato o Formación Profesional, empadronados y residentes en Fuenlabrada a fecha 1 de enero de 2025 y que estudien en uno de estos centros educativos: Ÿ Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada Ÿ Colegios Concertados y Privados de Fuenlabrada Ÿ Colegios de Educación Primaria y Secundaria (CEIPSOS) de Fuenlabrada. Las solicitudes serán tramitadas por los centros educativos que vayan a realizar el programa de inmersión lingüística. Los requisitos a cumplir por los citados programas son: - Deberán viajar un mínimo de 10 alumnos/as y un máximo de 60 (según el número de alumnos escolarizados en el centro). - Deberá durar un mínimo de 10 días con 9 noches de alojamiento en destino. - Deberá tener como lengua vehicular el inglés. - Los/as alumnos/as seleccionados deberán emplear un mínimo de 15 horas lectivas (en cursos o centros educativos) en inglés durante su estancia. - Los alumnos beneficiarios no podrán haber resultado beneficiarios en ninguna de las tres convocatorias Fuen-English anteriores. Existirán tres tramos. La distribución de los viajes permitidos por centro se realizará en función de los tramos asignados: TRAMO Nº alumnos/as concernidos por centros educativos Nº alumnos/as subvencionables por centro Viajes permitidos por centro(1) 1 Hasta 500 alumnos en ESO/Bachillerato/FP 10 a 30 (30 máx.) 1 grupo de viaje 2 Entre 501 a 1000 en ESO/Bachillerato/FP 10 a 45 (45 máx.) Hasta 2 grupos de viaje 3 A partir de 1001 en ESO/Bachillerato/FP 10 a 60 (60 máx,) Hasta 3 grupos de viaje SEGUNDO. Serán objeto de subvención los gastos generados de las actividades de intercambio o estancias realizadas entre el 21 de abril y el 8 de diciembre de 2025, de 10 días de duración como mínimo (9 noches de alojamiento en destino) con un mínimo de 10 alumnos/as y el máximo establecido en el art. 3 de las bases, y con destino a cualquier país fuera de España cuya primera lengua sea el inglés o la lengua en la que se realiza la actividad sea el inglés. TERCERO. Bases Reguladoras. La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2.005, así como en la página web municipal. CUARTO. El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica de 600.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria de gasto 6051-326-48039. QUINTO. El plazo de presentación de solicitudes en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Sede Electrónica del Ayuntamiento) será de 20 días hábiles desde el día después de la publicación en el B.O.C.M. de las presentes Bases. La forma de presentación aparece regulada en el art. 6 de la Convocatoria. SEXTO. La cantidad a conceder se calculará en base a estos criterios: A. CUANTÍA FIJA DETERMINADA POR ALUMNO: en función al número de alumnos participantes en el Programa y a la renta familiar de los alumnos, así como el tipo de destino. B. CUANTÍA VARIABLE: En función de los puntos asignados en el apartado 5.2 y de la cantidad económica correspondiente a cada punto por alumno/a, se obtendrá la cuantía variable de cada centro, y por lo tanto, de cada alumno/a. C. EL VALOR DEL PUNTO POR ALUMNO/A: se calculará tras restar de la partida total de 600.000 €, la suma de las cuantías fijas de todos los Centros Educativos, y dividir esa cantidad resultante por el sumatorio de los puntos obtenidos por cuantía variable de cada Centro y el número total de alumnos/as de cada Centro. D. El importe total de la cuantía variable (B) de cada grupo, se repartirá equitativamente entre todos los alumnos beneficiados (admitidos definitivos). En caso de tener que ajustar el crédito dispuesto en la partida presupuestaria al número de demandantes del programa FUEN ENGLISH, se hará siempre minorando el importe de la cuantía variable (apartado 5.2) y no de su cuantía fija. Pago. El pago se realizará de manera anticipada, una vez aprobada la concesión definitiva. Justificación. El plazo para la justificación de las ayudas de la presente convocatoria será hasta el 30 de enero de 2026. (art. 12). El centro educativo presentará tantas justificaciones como grupos de viaje hayan sido subvencionados. Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación. Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese. La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.
Organismo convocante
FUENLABRADA — AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de febrero de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 600.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA