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CONVOCATORIA GENERAL DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE CARÁCTER CULTURAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025. Resolución nº 72 de 17/03/2025 de la Vicepresidenta del PMC

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

93.086 euros

📅Fecha inicio

21 de marzo de 2025

📅Fecha fin

10 de abril de 2025

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 93.086 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) PRIMERO: BENEFICIARIOS Tendrán la consideración de beneficiarios las asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas, que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro del ámbito de la cultura, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada, siendo requisito que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada. No resultarán beneficiarias de las ayudas o subvenciones aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento y/o sus organismos autónomos para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento y/o sus organismos autónomos habiendo transcurrido el plazo para ello. SEGUNDO. Objeto. Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para asociaciones y entidades ciudadanas asignadas a la Concejalía de Cultura, que desarrollen proyectos y/o actividades de carácter complementario a los prestados por dicha Concejalía. Los gastos subvencionables se describen en el art. 9 de la Convocatoria. No se subvencionarán gastos de material inventariable. El plazo de ejecución de los proyectos y/o actividades a subvencionar es el año 2025. TERCERO. Bases Reguladoras. La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal. CUARTO: Importe. El importe asignado a estas ayudas asciende a 93.085,89 € con cargo a la aplicación presupuestaria 2025-4059-330-48000. QUINTO. Plazo presentación solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el Registro del Patronato de Cultura, en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares y en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. SEXTO: PAGO. Cuando la concesión definitiva de las subvenciones quede aprobada antes del 1 de noviembre de 2025, se establecerá un solo pago anticipado del 100% del importe, previo a la justificación. En el caso de que la concesión definitiva de las subvenciones se apruebe entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, el pago efectivo se realizará tras la justificación del importe total concedido. Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 31 de enero de 2026, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (art 14). Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación. Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese. La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion17 de marzo de 2025
Fecha inicio de solicitudes21 de marzo de 2025
Fecha fin de solicitudes10 de abril de 2025

Informacion economica

Presupuesto total93.086 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas

Informacion completa

Bases reguladorasORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA.
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-19T21:05:57.873265