De 31 de marzo de 2025, por la que se convocan subvenciones para promover la Cultura de Defensa, correspondientes al año 2025.
Denominacion oficial: Orden de 31 de marzo de 2025, por la que se convocan subvenciones para promover la Cultura de Defensa, correspondientes al año 2025.
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250.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 250.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiario: Las personas jurídicas, públicas o privadas, que carezcan de ánimo de lucro, y tengan su domicilio social en España. Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud. Las personas físicas que tengan su domicilio en España. Todas ellas habrán de cumplir los demás requisitos establecidos en la Orden de convocatoria, y tener las condiciones idóneas para garantizar el cumplimiento del objeto y la finalidad fijados en el apartado primero. No deberán encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en los términos previstos en los artículos 18 al 21, ambos inclusive, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Se excluirán como beneficiarios: Las unidades, centros y organismos con dependencia orgánica del Ministerio de Defensa. El personal que dependa orgánica o funcionalmente del órgano concedente de las subvenciones y el personal de los organismos que estén representados en la Comisión de Valoración. Segundo. Finalidad: Aprobar las normas de procedimiento para la gestión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para promover la cultura de defensa en el año 2025. Esta convocatoria se destina a los proyectos o actividades que se realicen desde el 1 de enero hasta el 2 de noviembre de 2025. Las subvenciones reguladas por la presente Orden tienen como finalidad impulsar la realización de actividades de fomento y difusión de la cultura de defensa que promuevan el conocimiento de la defensa como elemento esencial para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles, con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Tercero. Bases reguladoras. Aprobadas por Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero (B.O.E. núm.36, de 11 de febrero de 2015), modificada por la Orden DEF/159/2024, de 15 de febrero (B.O.E. núm.48, de 23 de febrero de 2024). Cuarto. Importe. La cuantía asciende a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00€), pertenecientes a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.485.03 del presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa para el año 2025. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden en el Boletín Oficial del Estado. A efectos del cómputo del plazo de solicitud, para determinar la fecha de presentación de las solicitudes de personas físicas que se presenten en papel, la fecha que se tendrá en cuenta será la fecha del sello de entrada de la oficina del registro correspondiente que figure en la instancia de solicitud. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa [http://sede.defensa.gob.es/acceda], accediendo al apartado de "Trámites generales". En el Tablón de Anuncios de la citada Sede se podrá consultar toda la información relativa al procedimiento, y descargar los modelos de documentos requeridos. Excepcionalmente, las personas físicas podrán presentar su solicitud a través de alguno de los registros oficiales contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 7 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 250.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Defensa |
| Sector economico | 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden DEF/186/2015, de 9 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para promover la cultura de defensa, modificada por la Orden DEF/159/2024, de 15 de febrero B.O.E. núm.48, de 23 de febrero de 2024. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | admin_estado |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T19:49:12.161836 |