Convocatòria subvenció de suport a les persones en entorn de prostitució a Palma
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 195.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo que preveen los artículos 17.3.b, 18 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria; el texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones: www.pap.hacienda.gob.es Y en la página web del Ayuntamiento de Palma: https://urbanisme.palma.es/web/ayto/-/convocatÿ²ria-pÿºblica-per-a-la- concessiÿ³-de-subvencions-per-a-la-concessiÿ³-de-subvencions-per-a-la-realitzaciÿ³-de-projectes-i-activitats-de-suport-a-les-persones-en-entorns-de-prostituciÿ³-a-palma-de-l-1-de-gener-al-31-de-desem?redirect=/web/ayto/registre-de-subvencions 1. Entidades beneficiarias Tendrán la consideración de entidad beneficiaria aquellas entidades que tengan que realizar la actividad, y que reúnan cada una de les siguientes condiciones previas: - Entidades y asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, cuyo objeto, según sus estatutos, coincida con la actividad para la que se solicita la subvención. - Entidades del Tercer Sector Social inscritas en el Censo público del tercer sector en las Illes Balears. - Entidades incluidas en el Registro unificado de servicios sociales de Mallorca. - Entidades incluidas en el REMEC Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria toda aquella entidad que cumpla los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituida de conformidad con la normativa vigente, registrada y activa en la fecha de inicio para la presentación de solicitudes. b) Tener capacidad jurídica y de obrar. c) Ser una entidad sin ánimo de lucro y presentar actuaciones sin ánimo de lucro. d) Contar con los medios personales y materiales suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos y ejecución de la actividad presentada. A estos efectos se tendrá que presentar una declaración responsable (ANNEXO IV) e) Disponer en Palma de al menos una sede donde la entidad realice la atención y sea el espacio social de la misma o de la delegación que tenga. No podrá obtener la condición de beneficiaria la entidad en la que concurran una de las circunstancies siguientes: a) Haber sido condenadas, mediante sentencia firma, a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o sancionada, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtenerlas como consecuencia del correspondiente procedimiento administrativo seguido por la comisión de infracciones en materia de subvenciones y ayudas públicas y por infracciones tributarias. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, encontrarse declarados en concurso, estar sujeto en intervención judicial o haber sido inhabilitado según la normativa concursal, sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa imputable a la entidad, a la resolución de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Encontrarse sometida a cualquier de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquier de los cargos electos regulados en Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos que se establecen, o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. f) No encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social según las disposiciones vigentes. g) No encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento o ente que dependen. h) No encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma o encontrarse en procedimiento de cobro por constreñimiento o por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma. i) Encontrarse incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la LO 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación: asociaciones que en su proceso de admisión o en su funcionamiento discriminen por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otro circunstancia social o personal y asociaciones que, en su actividad promuevan o justifiquen el odio o la violencia contra personas físicas o jurídicas o enaltezcan o justifiquen por cualquier medio o hayan participado en delitos de terrorismo, descrédito, desprecio o humillación de las víctimas y de sus familiares. j) Haberse suspendido el procedimiento administrativo de inscripción para encontrarse indicios racionales de ilicitud penal en aplicación de aquello que dispone el arte. 30.4 de la LO 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación:, en tanto en cuanto no haya resolución firme en virtud de la cual se pueda hacer la inscripción en el registro. k) Haber sido sancionada o condenada en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el arte- 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. l) Haberse acreditado la vulneración de Derechos Humanos y haber realizado tareas de expolio de los recursos naturales, y sobre los cuales recaiga condena judicial firme por explotación laboral y agresiones al medio ambiente, según el artículo 22 de la Ley 8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación global de las Islas Baleares. 2. Objeto Constituye el objeto de la presente convocatoria pública la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el censo Público del tercer sector de…
Organismo convocante
PALMA — AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Ámbito
Mallorca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 20 de abril de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 20 de mayo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 195.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANÇA MUNICIPAL DE SUBVENCIONS - AJUNTAMENT DE PALMA