BASES CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTOS DE ODONTOLOGIA AÑO 2025
Cerrada
39.350 euros
No disponible
30 de mayo de 2025
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto total: 39.350 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
RÉGIMEN JURÍDICO El régimen jurídico aplicable a la presente convocatoria vendrá determinado por lo que se dispone en las presentes bases; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley General de Subvenciones); por el R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; por las Bases de Ejecución del Presupuesto General de este Ayuntamiento y demás normativa complementaria y, en su defecto, por las normas de Derecho privado. OBJETO La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento general para la concesión, enrégimen de concurrencia competitiva de las ayudas económicas para compensargastos de tratamientos odontológicos, acreditados mediante informe preceptivo de necesidad elaborado por el/la odontólogo/a o estomatólogo/a de la Unidad de Salud Bucodental (USBD) de referencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), indicando las necesidades específicas de tratamiento odontológico, y siempre que estas actuaciones se ejecuten de acuerdo con la normativa vigente. PERSONAS BENEFICIARIAS. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas que se regulan en las presentes bases las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser español o extranjero empadronado en Alcázar de San Juan y EATIM de Cinco Casas, con una antigüedad de un año consecutivo inmediatamente anterior al primer día del período subvencionable. b) Deberán cumplir con las solicitudes y documentos requeridos en las presentes bases en los plazos establecidos en la convocatoria. c) No podrán obtener la condición de persona beneficiaria, aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. debiendo mantenerse todos ellos hasta la finalización del procedimiento: Todos los miembros de la unidad familiar estarán al corriente de pago con los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). A efectos de cómputo económico será el resultado de la suma de: - Los ingresos brutosde la unidad familiar, correspondientes al ejercicioinmediatamente anterior. - El 3% del valor del patrimonio de los miembros de unidad familiar, excluida la vivienda habitual. El resultado del cómputo económico deberá ser inferior a las cuantías establecidas según el número de miembros de cada familia. Se entenderá por unidad familiar la formada por una persona o más de una persona cuyos miembros, además de convivir en el mismo domicilio, estén unidos/as por relación conyugal o análoga, adoptiva o de consanguinidad hasta segundo grado y afinidad en primer grado o tutela (padre, madre o tutores legales de los menores o personas tuteladas y/o pareja de hecho si la hubiera, e hijos/as de ambos, así como otros familiares que convivan en el domicilio). TRATAMIENTOS Y CUANTÍAS Podrán beneficiarse de esta ayuda aquellos que precisen alguno o varios de los siguientes tratamientos: a) Ortodoncia funcional u ortopedia de los maxilares, a edades tempranas y durante el crecimiento, por maloclusión con disfunción masticatoria y/o fonatoria, hasta un máximo de 1.000€ para todo el tratamiento, independientemente de que se desarrolle a lo largo de uno o varios ejercicios. Se podrá ser beneficiario de esta ayuda una única vez a lo largo de la vida. b) Ortodoncia fija o mediante el uso de férulas por maloclusión con disfunción masticatoria, con necesidad o no de fase de ortodoncia funcional u ortopedia previas hasta un máximo de 2.000€ para todo el tratamiento, independientemente de que se desarrolle a lo largo de uno o varios ejercicios. Se podrá ser beneficiario de esta ayuda una única vez a lo largo de la vida. c) Rehabilitación de dentición definitiva con prótesis removible en los casos de pérdida de más de un tercio de las piezas dentarias de la arcada superior (a partir de 5 piezas dentarias perdidas, ya que dicha arcada tiene 14 piezas sin considerar los cordales), o los 4 molares por ser las piezas más grandes y funcionantes de la arcada, hasta un máximo de 350€. No podrá volver a disfrutar esta misma ayuda un mismo ciudadano hasta que no hayan pasado al menos 8 años de la anterior. d) Rehabilitación de dentición definitiva con prótesis removible en los casos de pérdida de más de un tercio de las piezas dentarias de la arcada inferior (a partir de 5 piezas dentarias perdidas, ya que dicha arcada tiene 14 piezas sin considerar los cordales), o los 4 molares por ser las piezas más grandes y funcionantes de la arcada, hasta un máximo de 350€. No podrá volver a disfrutar esta misma ayuda un mismo ciudadano hasta que no hayan pasado al menos 8 años de la anterior. e) Rehabilitación de dentición definitiva del sector incisivo canino de la arcada superior con prótesis fija o removible de 1 a 6 piezas, hasta un máximo de 350 por arcada. No podrá volver a disfrutar esta misma ayuda un mismo ciudadano hasta que no hayan pasado al menos 8 años de la anterior. f) Rehabilitación de dentición definitiva del sector incisivo canino de la arcada inferior con prótesis fija o removible de 1 a 6 piezas, hasta un máximo de 350 por arcada. No podrá volver a disfrutar esta misma ayuda un mismo ciudadano hasta que no hayan pasado al menos 8 años de la anterior. Nota: En caso de que a un mismo beneficiario le falten piezas en el sector incisivo canino y en los sectores posteriores (molares y premolares) se tendrán en cuenta solo las cuantías de los apartados c) y d). g) Implante dentario en el sector incisivo-canino superior en pacientes menores de 40 años hasta un máximo de 500€ por implante dentario y hasta un máximo de tres implantes. No podrá volver a disfrutar esta misma ayuda para la misma pieza dentaria un mismo ciudadano hasta que no hayan pasado al menos 10 años de la anterior. h) Obturaciones de piezas definitivas hasta un máximo de 50€/ por…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 23 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de mayo de 2025 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 39.350 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases Ejecución Presupuesto |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T18:58:18.820391 |