Convocatoria subvenciones a clubes de jubilados y asociaciones de la tercera edad
Denominación oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES A CLUBES DE JUBILADOS Y ASOCIACIONES DE LA TERCERA EDAD
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Zamora. Presupuesto: 100.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A CLUBES DE JUBILADOS Y ASOCIACIONES DE LA TERCERA EDAD PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO DE CENTROS DE CARÁCTER SOCIAL O ASISTENCIAL Y ACTIVIDADES QUE TENGAN ESE CARÁCTER, EN EL EJERCICIO 2025. La presente convocatoria aparece recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zamora, aprobado por el Pleno Corporativo en sesión celebrada el día 7 de febrero de 2025 y se regirá por las bases generales y mínimas que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicada en el B.O.E. nº 276, de 18 de noviembre de 2003; en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2025 de la Diputación de Zamora; en la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica y en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial de Zamora, en sesión celebrada el día 2 de abril de 2004 publicada en el BOP nº 60 de fecha 19 de mayo de 2004, y las siguientes: BASES ESPECÍFICAS PRIMERA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS SUBVENCIONES. Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación de la Partida Presupuestaria 41 231.1 480.00. Transferencias Corrientes a Familias e Instituciones sin fin de lucro. Instituciones y Asociaciones sin fin de lucro (Bienestar Social) de los Presupuestos Generales de la Corporación para el ejercicio 2025, de la que se destinará a este objeto de cantidad de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €). Dicha cantidad podrá variar mediante las oportunas modificaciones presupuestarias debidamente autorizadas. SEGUNDA.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la realización de obras de reparación y conservación, mantenimiento de centros de carácter social o asistencial y actividades que tengan ese carácter a Clubes de Jubilados y Asociaciones de la Tercera Edad. En relación a las obras de reparación y conservación de locales de carácter social o asistencial, se subvencionarán aquellas actuaciones a realizar que no tengan la naturaleza de inversión real y que se destinen a locales que realizan actividades de carácter social o asistencial dirigidas a Personas Mayores, excluyéndose, por consiguiente, los que estén destinados a actividades de carácter cultural. En relación a las actividades podrán financiarse aquéllas que contribuyan al fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de un fin público, debiendo tener éstas carácter exclusivamente social o asistencial y estar dirigidas a las Personas Mayores, excluyéndose viajes, excursiones y fiestas. Con el otorgamiento de estas subvenciones se persigue la cooperación económica de la Diputación de Zamora al desarrollo social, al fomento de la convivencia y de la integración social de las Personas Mayores. TERCERA.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en las presentes bases todas aquellas Asociaciones de la Tercera Edad y Clubes de Jubilados que carezcan de ánimo de lucro, dotadas de personalidad jurídica y capacidad de obrar, que tengan su domicilio social en Zamora y provincia, y pueda ser acreditado documentalmente. A tal objeto podrán percibir subvención con cargo al crédito establecido en esta convocatoria las Asociaciones de la Tercera Edad y Clubes de Jubilados que especifiquen de forma clara en sus estatutos su naturaleza social o asistencial, debiendo reunir además los requisitos establecidos en el art. 7 de la Ordenanza General de Subvenciones. La acreditación de los requisitos para solicitar la subvención se realizará de acuerdo con lo preceptuado en el art. 11.3 y 4 de la Ordenanza General de Subvenciones. CUARTA.- INSTRUCCIÓN, APROBACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área de Política Social, Familia e Igualdad de la Diputación de Zamora y su aprobación y resolución a la Junta de Gobierno de la Diputación de Zamora. QUINTA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes se presentarán en el Registro telemático de esta Diputación Provincial, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Zamora (http://diputaciondezamora.sedelectronica.es) El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda. Si la solicitud fuera presentada de forma presencial, se requerirá al solicitante para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. SEXTA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses. El plazo de computará a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. SÉPTIMA. - DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD. Los documentos que deberán ser firmados digitalmente, serán los siguientes: a) Anexo I (SOLICITUD SUBVENCIÓN) según modelo normalizado, donde se especifique claramente el objeto de la subvención en el apartado de finalidad de la subvención. b) Estatutos (original o copia auténtica), sólo en el caso de no haber solicitado subvención en convocatorias anteriores. c) C.I.F. (original o…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA
Ámbito
Zamora
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 8 de mayo de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 28 de mayo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 85.1 - Educación preprimaria; 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 100.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES