Las subvenciones per a la rehabilitación de fachadas de Constantí “CONSTANTÍ PONTE GUAPO”, año 2025.
Denominacion oficial: Convocatoria de las subvenciones per a la rehabilitación de fachadas de Constantí “CONSTANTÍ PONTE GUAPO”, año 2025.
Cerrada
20.000 euros
1 de enero de 2025
15 de enero de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Tarragona. Presupuesto total: 20.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Objeto Es objeto de estas bases la regulación del procedimiento y condiciones para el otorgamiento, por parte del Ayuntamiento de Constantí, de las subvenciones destinadas a la rehabilitación, restauración, reforma y pintura de las fachadas de los inmuebles de más de 25 años de antigüedad. Finalidad En el marco de las políticas de fomento de conservación de edificios, y con especial atención, los cascos antiguos de las ciudades, como medida de estímulo a la rehabilitación para evitar su degradación y el fomento de los valores estéticos y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, el Ayuntamiento de Constantí aprueba la concesión de subvenciones para que los vecinos adecúen las fachadas de sus viviendas. Estas ayudas hace tiempo que se llevan a cabo fundamentalmente para conservar los elementos identificativos o los edificios catalogados, si bien, se considera necesario añadir la posibilidad de optar a estas subvenciones las edificaciones más recientes, con más de 25 años, para que los propietarios de los edificios eviten el deterioro de las fachadas. Régimen jurídico El procedimiento para la concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Requisitos La actuación de rehabilitación deberá abarcar el 100% de la fachada. Se entiende por fachada, a efectos de estas bases, cada uno de los parámetros exteriores verticales del edificio. Los cerramientos practicables (ventanas, persianas, contraventanas, etc.) pueden no estar incluidos, según considere la Comisión Valorativa. Todas las actuaciones y obras tendrán que garantizar su coherencia técnica y constructiva con el estado de conservación del edificio, así como su efectiva contribución a la mejora de las condiciones estéticas exteriores del mismo, de acuerdo con la tipología, el entorno y el paisaje urbano de la población y conforme a la normativa urbanística municipal. Los edificios catalogados de interés especial, deberán respetar los elementos arquitectónicos: arcadas, losas de balcón, alféizares de ventanas, enmarcados de piedra, esquinas, etc. de piedra natural de las fachadas y otros, no se pueden destruir, y para su limpieza sólo podrán ser utilizados medios no destructivos. No están autorizados los abujardados ni las limpiezas de arena y agua a presión. Los morteros a emplear en reparación de elementos arquitectónicos reseguidos de carenados, mampostería, etc. serán sólo de cal. No son autorizados por restauración cemento pórtland u otros que también sean agresivos a los materiales pétreos originales. Los colores de la fachada dominantes serán los establecidos en el POUM vigente. Deberán haber transcurrido un mínimo de 10 años desde que se haya recibido una subvención municipal por este concepto para poder pedir otra. Las obras tendrán que estar finalizadas el 31 de diciembre del año de la convocatoria, sin perjuicio de que puedan solicitar la prórroga del plazo de ejecución, no pudiendo ser la misma superior a 1 mes. El otorgamiento de la subvención no exime del trámite de solicitud de la correspondiente licencia de obras. Financiación Aplicación presupuestaria: 48901-924 Cuantía máxima total convocada: 20.000 euros Importe de la subvención Las ayudas serán de tipo económico a fondo perdido con una limitación del 30% del presupuesto presentado por el interesado, y en ningún caso pueden superar el tope de 1.500 euros. Bases reguladoras Bases reguladoras aprobadas definitivamente y publicadas al BOP de Tarragona núm. 153 de fecha 8 de agosto de 2017. Solicitantes Podrán solicitar subvención los propietarios de los inmuebles de Constantí, ya sean personas físicas o jurídicas. También podrán solicitarla las comunidades de propietarios de los inmuebles en régimen de propiedad horizontal. El ámbito de las actuaciones afectadas comprende los inmuebles de Constantí con una antigüedad mínima de 25 años a contar desde la fecha de expedición del certificado final de obras. No podrán acogerse a esta subvención las actuaciones en edificios que se encuentren en situación de fuera de ordenación por afectación de viales, equipamientos o zonas verdes, según la normativa urbanística vigente en el momento de la solicitud. Solicitudes Los interesados en obtener la subvención tendrán que formular la correspondiente solicitud, según modelo normalizado que facilitará el ayuntamiento, en el plazo que establezca la convocatoria y la presentarán en el Registro General del ayuntamiento acompañada de la documentación siguiente: a) Fotocopia del DNI o NIF del solicitante y acreditación de la representación en nombre de quien manifiesta actuar, en su caso. b) Título justificativo de la propiedad. c) Memoria de las obras a realizar con el contenido mínimo siguiente: Descripción del tipo de actuación a realizar. Fotografía de la fachada. Materiales a emplear en la actuación. Presupuesto de las obras que se tienen que hacer. Plano de la fachada a escala 1/50, en el supuesto de que el tipo de intervención a realizar lo requiera. d) Certificado del acuerdo de la junta de propietarios en el que se decida hacer las obras, si es el caso. e) Declaración responsable del propietario o propietarios del inmueble por el cual se solicita la subvención de encontrarse al corriente de pago de los tributos y precios públicos municipales, así como que no concurren el resto de las circunstancias detalladas de acuerdo con el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones El Ayuntamiento podrá exigir cualquier documento administrativo que considere conveniente en relación con las solicitudes presentadas. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes empezará a contar a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y finalizará el día 15 de enero de 2026. Procedimiento de concesión, resolución y notificación de la resolución de las solicitudes El procedimiento para el otorgamiento de esta subvención se…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 29 de mayo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de enero de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 20.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases reguladoras de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas de Constantí "Constantí Ponte Guapo·. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T16:50:29.745063 |