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DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA PARA LAS AYUDAS EN ESPECIE CONSISTENTES EN LA EJECUCION DE ACTUACIONES DE REPARACIÓN DE CAMINOS RURALES D

Denominacion oficial: ORDEN DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA PARA LAS AYUDAS EN ESPECIE CONSISTENTES EN LA EJECUCION DE ACTUACIONES DE REPARACIÓN DE CAMINOS RURALES D

Estado

No disponible

💰Importe

3.000.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto total: 3.000.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto. Establecer las bases y convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas en especie para la reparación de los caminos rurales dañados por los fenómenos meteorológicos acaecidos entre el 29 y el 30 de octubre de 2024 y ubicados en los municipios relacionados en el Anexo I definidos por Orden 48/2025, de 10 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se declara desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario la depresión aislada a niveles altos (DANA) en determinados municipios de Castilla-La Mancha entre los días 28 y 30 de octubre de 2024, para su inclusión en un Plan de Actuaciones a ejecutar por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (en adelante Consejería) de conformidad con lo dispuesto en la operación 5.2.2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2022. Segundo. Beneficiarios. Serán beneficiarios de estas ayudas los municipios relacionados en el Anexo I de la orden, que sean titulares de caminos rurales, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2. Tercero. Bases reguladoras. Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Cuarto. Subvención en especie y financiación. La subvención en especie consistirá en el restablecimiento de los daños sufridos en los caminos rurales dañados por los fenómenos meteorológicos acaecidos entre el 29 y el 30 de octubre de 2024. La intensidad de la ayuda será del 100% del coste de las actuaciones. Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en virtud del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). El presupuesto de esta convocatoria asciende a tres millones de euros (3.000.000 €) que se imputará a la aplicación presupuestaria 21030000 G/531A/76090, siendo cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en un 75 %, por la Administración General del Estado en un 7,5 % y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en un 17,5 %. Quinto. Plazo presentación solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos. La subvención consiste en una ayuda en especie, al ser la Consejería la que realizará la actuación subvencionable consistente en la reparación de los caminos rurales con la finalidad de entregarlos a los municipios, que ostentan la titularidad de dichos caminos. Esta actuación se ajusta a los requisitos establecidos en las letras a), b) y c) del artículo 2.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero. Toledo, 9 de junio de 2025 El Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural JULIÁN MARTÍNEZ LIZÁN

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion9 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total3.000.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector economico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Cofinanciada por la UESi

Informacion completa

Bases reguladorasReglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-07-19T16:15:23.264795