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SUBVENCIÓNS DESTINADAS A APOIAR ÁS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

115.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

1 de octubre de 2025

Resumen

Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: A Coruña. Presupuesto total: 115.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

TÍTULO: Extracto del Acuerdo de fecha 25/08/2025 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santiago de Compostela por lo que se aprueban las bases reguladoras de la CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA texto BDNS(Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la CONVOCATORIA SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.facenda.gob.é/bdnstrans/ge/é/convocatorias): Primero-- Objeto y finalidad 1.1 Objeto Se establecen las bases reguladoras de las ?Axudas a empresas de Economía Social? para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a la consolidación y el mantenimiento de empresas con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción definida cómo tal segundo el establecido en la Ley de Economía Social de Galicia. 1.2 Finalidad La finalidad de estas ayudas es contribuir a la consolidación y desarrollo del tejido empresarial en el Ayuntamiento apoyando a empresas de economía social mediante ayudas al gasto corriente en el que incurren para desarrollar su actividad empresarial. Segundo-- Personas beneficiarias Podrán resultar beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria las cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, y empresas de inserción (definida como tal según lo establecido en la Ley de economía Social de Galicia), que cumplan los siguientes requisitos: ? Tener iniciada la actividad el 1 de enero de 2025 o bien iniciarla dentro del período subvencionable, y mantenerse en activo durante el año de la convocatoria. ? A los efectos de este programa se entiende como fecha de inicio de actividad aquella en la que la persona solicitante cause alta en el IAE o, en su caso, en el censo de obligados tributarios. ? Tener su sede social, fiscal y, por lo menos, un centro de trabajo, en el Ayuntamiento de Santiago. ? Que su actividad empresarial sea viable económica, financiera y técnicamente. No podrán ser beneficiarias aquellas empresas participadas por alguna Administración Pública. Tercero--Bases reguladoras. Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Santiago de Compostela vigentes, y las bases reguladoras incorporadas a esta Convocatoria. Cuarto--Cuantía de la subvención La cuantía de la subvención será la menor entre las siguientes: -El 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario, de 5.000 euros. -La resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: Importe por beneficiario = (Puntos conseguidos por el beneficiario / total de puntos de los beneficiarios) x 115.000€ En caso de existir remanente en la partida presupuestaria, este se repartirá entre los beneficiarios cuya ayuda inicial no consiguiera el 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario de 5.000 euros de forma proporcional a la puntuación obtenida. En este caso se aplicaría la siguiente fórmula: Importe del remanente por beneficiario = (Puntos conseguidos por el beneficiario / total de puntos de los beneficiarios) x remanente total El importe final de la subvención, no podrá superar el importe máximo de 5.000 euros por beneficiario, ni el importe total del 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados. En ningún caso el importe de las ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con las concedidas por otras administraciones o entes públicos o personales, nacionales o internacionales, supere el costo total de la actividad que vaya a desarrollar el beneficiario. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes y justificación 5.1. El plazo general de presentación de solicitudes y justificación comenzará a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el boletín oficial de la provincia de A Coruña y finalizará el 1 de octubre de 2025. 5.2. Para la presentación de las solicitudes de ayudas, las personas beneficiarias pueden contar con el asesoramiento del Servicio de Apoyo a la Empresa de la Oficina de Economía del Ayuntamiento de Santiago de Compostela. 5.3. Las consultas sobre las presentes bases, se podrán hacer a través del correo electrónico del Servicio de Apoyo a la Empresa (sae@santiagodecompostela.gal), hasta 3 días hábiles antes del cierre del plazo de presentación de solicitudes. Las personas solicitantes podrán solicitar la ayuda del Servicio de Apoyo a la Empresa (sae@santiagodecompostela.gal) para la correcta presentación de la documentación, especialmente a de las facturas y justificantes de pago escaneados, hasta 5 días hábiles antes del cierre del plazo de presentación de solicitudes. 5.4. Junto con la solicitud se deberá aportar toda la documentación precisa para adoptar la correspondiente resolución de concesión y aprobación de la justificación de la ayuda a conceder, en su caso, por lo que el plazo de justificación coincide con el de presentación de solicitudes. El Formulario normalizado CS006ES disponible como anexo I, dispone de un apartado específico para declarar la relación de las facturas y gastos de personal que se presentan para justificar la subvención solicitada. Si existen otras subvenciones para los mismos gastos para los que se solicita la presente ayuda, el importe que es necesario justificar será la suma de todas las subvenciones concedidas para los mismos. Sexto--Otros datos. Consulte las bases completas de la convocatoria en la web de la Base de datos Nacional de Subvenciones: *https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias). Anexos disponibles en la página web del CERSIA Empresa www. cersiaempresa. gal: María Rozas…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion26 de agosto de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes1 de octubre de 2025

Informacion economica

Presupuesto total115.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector economicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Informacion completa

Bases reguladorasBASES DE EXECUCIÓN DO ORZAMENTO 2025
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-19T12:10:12.557502