Subvenciones para la digitalización, adquisición y socialización de materiales escolares. Ejercicio 2025
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39.250 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Girona. Presupuesto total: 39.250 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto Por la presente se abre la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la digitalización, adquisición y socialización de materiales escolares de la Línea 1: para ayudar a los centros educativos o a las asociaciones de madres y padres de dichos centros a fomentar el uso socializado de libros mediante los proyectos de uso socializado de libros en las enseñanzas obligatorias (de 1º de Primaria a 4º de ESO). 2. Régimen jurídico Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por: a) Las Bases generales para la concesión y justificación de las subvenciones municipales del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols, publicadas en el BOPG, n.º 80 de 24 de abril de 2024, edicto n.º 3478 (en adelante Bases Generales). b) Las Bases Específicas, reguladoras de las subvenciones para la digitalización, adquisición y socialización de materiales escolares, publicadas en el BOPG, núm. 125, de 1 de julio de 2022, Edicto núm. 5864. c) La normativa general de subvenciones. 3. Gastos subvencionables y periodo de ejecución Se considerarán gastos subvencionables los que así se determinan en la base 2 de las Bases Específicas. Los gastos tendrán que estar iniciados desde el 1 de noviembre del año anterior hasta el 31 de octubre del año en curso. 4. Cuantía de la subvención El importe de esta convocatoria se fija en 39.250,00 EUR, con cargo a la aplicación de gastos 05 32600 48000 Subvenciones actividades educativas, del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols, n.º de operación contable 920250003868. Esta cantidad podrá ser incrementada o modificada, si se considera oportuno, restando condicionada a la existencia del crédito adicional antes de su concesión. 5. Solicitudes y documentación justificativa En el momento de la solicitud, los solicitantes deberán presentar, simultáneamente, el formulario de solicitud y la documentación justificativa. La justificación se llevará a cabo de acuerdo con la base sexta de les bases específicas. El plazo de presentación de solicitudes y justificaciones será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera de este plazo. Es necesario formular las solicitudes y rellenar la cuenta justificativa mediante los modelos normalizados disponibles en el trámite específico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols, en el apartado de subvenciones (https://ciutadania.guixols.cat/tramit/1457). A parte de la cuenta justificativa, cabe aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación: Certificado del secretario/a del centro con el visto bueno del director/a, o en su caso, certificado emitido por el representante del titular del centro concertado, en el cual se desglose el número de alumnos/as matriculados/as de cada curso por el cual se solicita la subvención dados de alta en el RALC (Registro de Alumnos de Catalunya) en fecha de emisión del certificado. Proyecto actualizado de uso socializado de libros del centro. En el caso de detectar defectos enmendables a las solicitudes, se requerirá al interesado para que los enmiende en el plazo de 10 días con la indicación que si no lo hace de este modo se entenderá como un desistimiento de su solicitud. 6. Instrucción del procedimiento y valoración de las solicitudes El órgano competente por la instrucción del procedimiento será el área de Educación del Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols, que comprobará el cumplimiento de los requisitos para acceder a la condición de beneficiario establecidas en las Bases Generales y en las Bases Específicas. Las solicitudes que reúnan todos los requisitos serán evaluadas por la Comisión Calificadora, previo informe de los responsables del área instructora, la cual levantará acta y formulará una propuesta de resolución provisional en base a los criterios establecidos en las Bases Específicas. El criterio único para valorar y cuantificar las solicitudes será el número de alumnos matriculados en el centro por el cual se solicita subvención, otorgando un punto por alumno, conforme la base séptima de las Bases Específicas. La propuesta de resolución determinará de forma individualizada el importe a conceder para cada solicitante. 7. Resolución y notificación El órgano competente para resolver será la Alcaldía. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de 3 meses, contados a partir del día siguiente del día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se notificará la resolución de forma individualizada a todos los interesados en el plazo de 10 días desde la aprobación de la resolución. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. 8. Efectividad de la convocatoria La convocatoria será efectiva a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 10 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 39.250 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases específicas reguladoras de las subvenciones para la digitalización, adquisición y socialización de materiales escolares |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T09:38:52.850274 |