← Buscar mas ayudas
Local

DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACION/REFORMA DE VIVIENDAS DESTINADAS A FACILITAR SU UTILIZACIÓN POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y/O CON MOVILIDAD REDUCIDA, AÑO 2025

Denominacion oficial: BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACION/REFORMA DE VIVIENDAS DESTINADAS A FACILITAR SU UTILIZACIÓN POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y/O CON MOVILIDAD REDUCIDA, AÑO 2025

Estado

No disponible

💰Importe

30.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Zaragoza. Presupuesto total: 30.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

1. OBJETO. El objeto de esta convocatoria comprende las obras de rehabilitación y adecuación de viviendas ocupadas por personas que estén en situación de movilidad reducida, discapacidad igual o superior al 33% o en situación de dependencia severa. 2. REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS SOLICITANTES 2.1 Podrán acogerse a esta convocatoria, todos aquellos beneficiarios cuyas edificaciones objeto de las obras de rehabilitación y adecuación estén ubicadas en el Casco Urbano del municipio o en viviendas unifamiliares aisladas. Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos: a) En el caso de personas físicas: Ser propietario y/o copropietario de la edificación para la cual se solicita la ayuda, familiar residente, arrendatario o usufructuario; estas tres últimas categorías con la autorización del titular a fecha de la solicitud. Estar en situación de movilidad reducida, discapacidad igual o superior al 33% o en situación de dependencia severa o con edad de 65 ó más años. Ser la edificación para la cual se solicita la ayuda el domicilio habitual acreditable mediante empadronamiento anterior a 01/05/2025. b) En el caso de personas jurídicas: Las Comunidades de Vecinos, cuando las obras afecten a modificación de elementos comunes del edificio. En caso de no estar constituida la Comunidad de Vecinos, se requerirá la suscripción de declaración de conformidad de la totalidad de los Propietarios/Titulares, que deberán cumplir, al menos para uno de ellos, las condiciones impuestas para las Personas Físicas. 2.2. No podrán tener la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas cuyo objeto empresarial propio sea la construcción de inmuebles para su posterior venta. 2.3. No podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas que concurran en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. OBRAS SUBVENCIONADAS Se considerará subvencionable el coste real de las obras, determinado por el precio total del contrato de ejecución, honorarios profesionales, de gestión y tributos satisfechos por razón de las actuaciones, que se concretan en las siguientes actuaciones: Reforma de puertas, pasillos, recibidores y recorridos en el interior de la vivienda. Adaptación al uso de cocinas y baños (1 unidad) Adaptación en Sala de estar (1 unidad) y dormitorio (1 unidad, ampliable en función de los afectados por unidad de vivienda). Instalación de medios auxiliares (soportes, asideros, barras laterales, …). Adaptación de escaleras a rampas y medios de elevación. Adecuación de pavimentos. Señalización sensorial y medios de comunicación (porteros automáticos...). Así mismo, serán subvencionables también las obras tendentes al cumplimiento del Decreto 19/1999, de 9 de febrero del Gobierno de Aragón relativo a la Supresión de Barreras Arquitectónicas, urbanísticas de transporte y comunicación, de acuerdo al Anexo Técnico incluido. Las obras objeto de subvención deberán estar iniciadas con posterioridad al 1 de mayo de 2025 y no finalizadas antes de la notificación del acuerdo definitivo del otorgamiento de la concesión de subvención. 4. PRESUPUESTO Estas ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General del Ayuntamiento de Caspe del año 2026 por un importe máximo total de 30.000,00 euros 5. PLAZO El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles a partir de la fecha de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza La convocatoria íntegra se publicará en la web del Ayuntamiento de Caspe (www.caspe.es). El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la web del Ayuntamiento de Caspe.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion10 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total30.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector economicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN

Informacion completa

Bases reguladorasBASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACION/REFORMA DE VIVIENDAS DESTINADAS A FACILITAR SU UTILIZACIÓN POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y/O CON MOVILIDAD REDUCIDA, AÑO 2025
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-19T06:02:52.928549