Convocatoria para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la comarca de la sierra de segura
Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE SEGURA
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Jaén. Presupuesto: 1,0 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibirá, sin que su solicitud se compare con otras, siempre que haya fondos disponibles. La convocatoria, gestionada por la Diputación Provincial de Jaén, brinda una subvención en dinero para comprar una vivienda en propiedad y así ayudar a los jóvenes a quedarse en la comarca de la Sierra de Segura. El objetivo es favorecer la vivienda y contrarrestar el despoblamiento. Puedes presentar la solicitud hasta el 30 de noviembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE SEGURA Primero. Objeto La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la Comarca de la Sierra de Segura (Municipios de Arroyo del Ojanco, Beas de Segura, Benatae, Génave, Hornos de Segura, La Puerta de Segura, Orcera, Puente de Génave, Santiago Pontones, Segura de la Sierra, Siles, Torres de Albanchez y Villarrodrigo). Segundo. Beneficiarios Las personas solicitantes de las ayudas convocadas deberán cumplir los siguientes requisitos generales en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda: a) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España. b) No hallarse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. c) No ser beneficiaria de las ayudas incompatibles con la presente convocatoria. d) No tener más de 35 años en el momento de solicitar la ayuda. e) Estar en condiciones de suscribir un contrato público de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de la Comarca de la Sierra de Segura. Se considerará que están en condiciones de suscribir un documento público de adquisición de una vivienda, aquellas personas que así lo acrediten mediante la aportación de un precontrato o contrato privado. El documento público que se formalice con posterioridad a la concesión de la ayuda, que deberá ser aportado por las personas interesadas dentro del plazo de 6 meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, deberá respetar los términos esenciales recogidos en el precontrato o contrato privado presentado (partes contratantes; vivienda objeto del contrato; precio...). f) No ser propietaria/o o usufructuaria/o de alguna vivienda en España, salvo que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad. No se considera persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa. g) Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la/s persona/s beneficiaria/s por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su adquisición. h) La vivienda construida, debe cumplir los siguientes requisitos: 1) Hallarse localizada en uno de los 13 municipios de la Comarca de Segura. 2) Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000,00 ¿. Tercero. Bases reguladoras Bases de la Convocatoria de subvenciones del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la comarca de la Sierra de Segura (Resolución del Sr. Diputado Delegado del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático núm. 577, de 12-12-2025). https://www.dipujaen.es/conoce-diputacion/areas-organismos-empresas/areaD/subvenciones/subvenciones-2025/ Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Jaén (BOP. núm. 250, de 30-12-2024). Cuarto. Cuantía El importe estimado destinado al otorgamiento de las subvenciones para la realización de las actuaciones previstas en esta convocatoria asciende a 1.000.000,00 ¿. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP y terminará el 30 de noviembre de 2026. https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones Sexto. Otros datos de interés Actuaciones subvencionables: Tendrá la consideración de actuación subvencionable, la adquisición de una vivienda ya construida, que cumpla los siguientes requisitos: a) Debe ubicarse en un municipio o núcleo de población de la Comarca de la Sierra de Segura b) Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000 euros. c) La cuantía de las subvenciones a otorgar consistirá en un porcentaje del 10% de los primeros 100.000,00 ¿ subvencionables, formado por el precio de adquisición más los gastos de notaría y de inscripción en el Registro de la Propiedad, siendo la cuantía máxima a conceder de 10.000,00 ¿ a conceder por vivienda. Compatibilidad: Si. El importe de las subvenciones otorgadas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la inversión subvencionada por la persona beneficiaria. Documentación: La prevista en el art. 8 de la Convocatoria. Régimen de concesión. Concurrencia no competitiva, conforme al art. 38.22 de las Bases de Ejecución del Presupuesto, mediante el cual no es requisito el fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan las condiciones establecidas, atendiendo al objeto y finalidad de la subvención, cuya concesión se resolverá atendiendo a la fecha de solicitud. El criterio a seguir para…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Ámbito
Jaén
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; I - HOSTELERÍA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES DE EJECUCION DEL PRESUPUESTO 2025