Acuerdo 209/25 de la Junta de Gobierno de 26/12/25 por el que se aprueba convocatoria de subv. a asociaciones juveniles de la provincia de Valladolid para actividades, 2026
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17.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Valladolid. Presupuesto total: 17.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las Asociaciones Juveniles con que cumplan con los requisitos siguientes: - Tener su sede en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. - Disponer de Estatutos actualizados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del Derecho de Asociación. - Estar inscrita en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Junta de Castilla y León, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. - Contar con una Junta Directiva en la que la mitad de sus componentes no supere la edad de treinta años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (art. 52.1 c) de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León). Para la determinación de la población de los municipios, se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Segundo. Objeto. Se convocan para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a asociaciones juveniles de la provincia de Valladolid con destino al apoyo en la realización de programas de actividades que desarrollen acciones de interés general, especialmente recogidas en el VI Plan Provincial de Juventud de la Diputación de Valladolid 2024-2027. Estos programas de actividades se desarrollarán en municipios de la provincia de Valladolid. Dichas ayudas se encuadran en las medidas de fomento del asociacionismo contempladas en el artículo 31 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 76 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006). Cuarto. Cuantía. La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de diecisiete mil euros. El importe máximo de subvención por Asociación Juvenil no podrá superar la cantidad de 1.500,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Finalizará a los 20 días hábiles, contados desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del vigésimo día hábil. Cuando el último día del plazo sea inhábil, el plazo de presentación se entenderá prorrogado hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente. Sexto. Otros datos de interés. Gastos subvencionables: Los determinados en la Base 5ª de la convocatoria. Compatibilidad: Según Base 7ª. Solicitudes: Se presentarán en los términos establecidos en la Base 9ª de la convocatoria. Documentación: Se presentarán en los términos establecidos en la Base 10ª de la convocatoria Criterios de valoración: Establecidos en la Base 13ª. Forma de pago: Una vez resuelta la convocatoria y a fin de que las Asociaciones puedan financiar la realización de las actividades subvencionables, se procederá al libramiento del 100% de la subvención concedida con el carácter de ?a justificar?. Forma de justificación: La justificación documental de la realización de la actividad subvencionada se realizará mediante la presentación de la Cuenta Justificativa prevista en el Artículo 72 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que contendrá la siguiente documentación: 1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Deberá acompañarse a la misma, copia del material de difusión de las actividades en el que aparezca la publicidad de la Diputación como cofinanciador. 2.- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que, de acuerdo al párrafo 3º del citado artículo y en razón al objeto de la presente subvención, contendrá los siguientes extremos de los recogidos en el párrafo 2º del Artículo 72: a) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. En dichas facturas deberá constar el n.º y fecha de la factura, el nombre y razón social del expedidor y su domicilio, el NIF del expedidor y del cliente, la firma y el sello de ?pagado?, y el IVA, la expresión IVA incluido, o la expresión exento de IVA, con indicación del artículo donde se recoja la causa de exención. c) La documentación acreditativa del pago. d) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia Plazo máximo de justificación: Hasta el 31 de enero de 2027.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 19 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 17.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T03:30:56.053869 |