Subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social dentro del ámbito de servicios sociales, que se desarrollen en el municipio de Alcantarilla, ejercicio económico 2026.
Denominacion oficial: Convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social dentro del ámbito de servicios sociales, que se desarrollen en el municipio de Alcantarilla, ejercicio económico 2026.
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80.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Murcia. Presupuesto total: 80.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social dentro del ámbito de servicios sociales, que se desarrollen en el municipio de Alcantarilla, ejercicio económico 2026. Por acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcantarilla de fecha 3 de febrero de 2026, ha sido aprobada la siguiente Convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla para la realización de proyectos en materia de acción social dentro del ámbito de Servicios Sociales, correspondiente al ejercicio 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 y 23.2 a) de la Ley General de Subvenciones y el Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla. El Ayuntamiento de Alcantarilla, por Acuerdo Pleno de fecha 24 de abril de 2023, aprobó la Modificación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social y dentro del ámbito de los servicios sociales, en adelante Bases Reguladoras, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 249, de 27 de octubre de 2023, y en la página web del Ayuntamiento de Alcantarilla www.alcantarilla.es Cumpliendo con lo dispuesto en la normativa citada, se elabora la presente convocatoria, dirigida a la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Alcantarilla, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos en materia de acción social dentro del ámbito de servicios sociales, que se desarrollen en el municipio de Alcantarilla en el ejercicio económico 2026. Primero. Entidades Beneficiarias 1. Podrán ser beneficiarias de subvenciones las entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Alcantarilla, que además de recoger en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los colectivos que, con objeto de las presentes bases, cumplan con los requisitos que prevén estas bases y los específicos que recojan las convocatorias correspondientes. 2. No podrán ser beneficiarios de subvenciones reguladas en las presentes Bases, las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles, las cámaras oficiales de comercio, industria o navegación, las organizaciones empresariales y los sindicatos u otras entidades con análogos fines específicos y de similar naturaleza a los citados anteriormente. Segundo. Objeto La realización de proyectos o actividades de intervención, que se desarrollen en el ejercicio económico 2026 y cuyo ámbito de actuación sean: 1. Familia. 2. Mayores. 3. Infancia y Adolescencia. 4. Personas con diversidad funcional. 5. Población migrante. 6. Movimiento asociativo y voluntariado. 7. Otros colectivos. Tercero. Bases reguladoras Bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social y dentro del ámbito de los servicios sociales, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 249, de 27 de octubre de 2023, y en la página web del Ayuntamiento de Alcantarilla www.alcantarilla.es. Cuarto. Criterios objetivos para la evaluación de los proyectos. Conforme establece el artículo 9 de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social y dentro del ámbito de los servicios sociales, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 249, de 27 de octubre de 2023, los criterios objetivos para la evaluación de los proyectos serán conforme a lo siguiente: La valoración o puntuación total tendrá un máximo de 100 puntos. En la valoración o puntuación se distinguen dos bloques o apartados: A - ENTIDAD. Con una puntuación máxima de 16 puntos. B - PROYECTO. Con una puntuación máxima de 84 puntos. Para optar a la concesión de subvención, los proyectos deberán superar en ambos apartados el 50% de la puntuación máxima. Es decir, los proyectos deben superar al menos, los 8 puntos en el apartado A – ENTIDAD y los 42 puntos en el apartado B –PROYECTO. A continuación, se exponen las tablas de puntuación A y B y sus valores correspondientes. ENTIDAD 16 1. Experiencia en el desarrollo de proyectos sociales con el colectivo de actuación, en la Administración Local. 2 Más de 10 años 2 De 2 a 9 años 1 Menos de 2 años 0 2. La Entidad ha obtenido subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla en años anteriores en esta línea de subvención y para este colectivo de actuación. 3 Más de 5 años 3 De 3 a 5 años 2 1 a 2 años 1 No ha obtenido subvención 0 3. Grado de coordinación y actuación conjunta con otras entidades sociales, en proyectos sociales. 1 Existente 1 Nula 0 4. Grado de coordinación y actuación conjunta con el Ayto. Alcantarilla en proyectos sociales. 4 Muy Alta 4 Alta 3 Media 2 Baja 1 Nula 0 5. TICS, página web, acceso a nuevas tecnologías. 1 Si 1 No 0 6. Impacto social de la Entidad en el territorio, barrio, ciudad, estructura organizativa, solvencia económica, personal especializado, voluntariado, actuaciones y proyectos que desarrolla, número y tipología de beneficiarios, tipo y diversidad de actividades, coordinación, implicación de la sociedad, etc.). 5 Muy alta 5 Alta 4 Media 3 Baja 2 Muy baja 1 Nula 0 PROYECTO 84 1. Justificación de la necesidad social. 3 El proyecto justifica adecuadamente las necesidades a abordar 3 El proyecto justifica parcialmente las necesidades a abordar 2 El proyecto justifica muy escasamente las necesidades a abordar 1 No se identifican ni justifican las necesidades a abordar 0 2. Respuesta a necesidades sociales no cubiertas por otras entidades públicas o privadas. 10 El proyecto responde a necesidades sociales no cubiertas por otras entidades públicas o privadas 10 El proyecto responde a necesidades sociales parcialmente cubiertas por otras entidades públicas o privadas 5 Las necesidades sociales que aborda el proyecto están cubiertas por otras entidades públicas…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 10 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 80.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | 88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento; 85 - Educación |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alcantarilla en materia de acción social dentro del ámbito de servicios sociales, que se desarrollen en el municipio de Alcantarilla, ejercicio económico 2026. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T04:39:23.060630 |