CONVOCATORIA SUBVENCIONES COMUNIDADES ASTURIANAS DEL EXTERIOR CON RECONOCIMIENTO DE ASTURIANÍA. AÑO 2026
Cerrada
298.000 euros
18 de febrero de 2026
17 de marzo de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. Presupuesto total: 298.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.-Entidades beneficiarias. Podrán concurrir como beneficiarias de esta subvención las Comunidades Asturianas del exterior que cuenten con reconocimiento de asturianía. Segundo.-Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión en 2026 de subvenciones, mediante convocatoria pública y en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades que figuran en el apartado primero del presente extracto para la financiación de las siguientes líneas de actuación: -,,Línea 1: Proyección de Asturias y difusión de la cultura asturiana -,,Línea 2: Funcionamiento ordinario de la entidad -,,Línea 3: Intereses de la adquisición del inmueble en el que se ubique la sede -,,Línea 4: Inversiones en las sedes sociales Tercero.-Bases reguladoras. Las bases reguladoras han sido aprobadas mediante Resolución de 6 de mayo de 2025 de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Asturianas con reconocimiento de asturianía (BOPA n.º 91, de 14-V -2025). Cuarto.-Cuantía. La cuantía global de la convocatoria 2026 asciende a 298.000,00 euros, con la siguiente distribución por líneas de actuación: -,,Línea 1.- Proyección de Asturias y difusión de la cultura asturiana: 137.000,00 euros. -,,Línea 2.- Funcionamiento ordinario de la entidad: 30.000,00 euros. -,,Línea 3.- Intereses de la adquisición del inmueble en el que se ubique la sede: 3.000,00 euros. -,,Línea 4.- Inversión en sus sedes sociales: 128.000,00 euros. Las cuantías máximas de las ayudas por entidad beneficiaria serán las siguientes: línea 1, diecisiete mil euros (17.000,00 €); línea 2, seis mil euros (6.000,00 €); línea 3, tres mil euros (3.000,00 €), y línea 4, treinta y cinco mil euros (35.000,00 €). Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. Veinte (20) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.-Otros datos de interés. En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://miprincipado.asturias.es está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0102T02 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la presentación de la solicitud.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 10 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 18 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 17 de marzo de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 298.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector economico | 94 - Actividades asociativas |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Asturianas con reconocimiento de asturianía |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-08-02T10:33:27.087976 |