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BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FIESTAS POPULARES EN LOS DISTINTOS BARRIOS DE AZPEITIA DURANTE EL EJERCICIO 2026.

Estado

No disponible

💰Importe

60.200 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Gipuzkoa. Presupuesto total: 60.200 euros. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Mediante resolución de esta Alcaldía de 26 de febrero de 2026, se aprobaron las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo de los programas de fiestas populares en los distintos barrioz de Azpeitia durante el ejercicio 2026 El presupuesto municipal para 2026 establece una dotación presupuestaria de 60.200 euros, cada una con cargo a la partida presupuestaria 1.0800.481.334.00.01.2026 Subvenciones ordinarias Fiestas. La convocatoria y demás documentación necesaria para solicitar la beca se encuentra disponible en la página web del Ayuntamiento de Azpeitia en el apartado de ayudas y subvenciones. El presente acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo recurso potestativo de reposición ante el órgano competente que aprobó la convocatoria, en el plazo de un mes, o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. En ambos casos, los plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases. BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FIESTAS POPULARES EN LOS DISTINTOS BARRIOS DE AZPEITIA DURANTE EL EJERCICIO 2026. 1. Objeto Es objeto de la presentes bases la regulación de concesión de las subvenciones destinadas a financiar el desarrollo de programas de fiestas populares (organización, celebración y difusión) en los distintos barrios de Azpetia. Será subvencionable el desarrollo de las iniciativas que, siendo complementarias o sustitutivas a las iniciativas que lleva a cabo el Ayuntamiento de Azpeitia, conlleven una finalidad de utilidad pública o interés social y cumplan las condiciones que se establecen en la presente convocatoria. La concesión de estas ayudas y la relación jurídica entre la persona beneficiaria y la entidad otorgante se regirá por las pre- sentes bases y demás normativa vigente en el momento de su concesión: — Ordenanza Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia (BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa N.º 16, de 26 de enero de 2022). — Plan Estratégico de subvenciones 2026-2028 del Ayuntamiento de Azpeitia (BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa N.º 37, de 25 de febrero de 2026). En todo lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006. 2. Recursos económicos. El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa en el presupuesto del ejercicio 2026 asciende a la cantidad de 60.200,00€, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1.0800.481.334.00.01.2026 Subvenciones ordinarias Fiestas. Si la dotación presupuestaria no alcanzara a cubrir el total de las solicitudes según el baremo que se establecerá, se aplicará el prorrateo correspondiente al total de la concesión. 3. Entidades beneficiarias. Podrán solicitar subvenciones las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que realicen una actividad de interés general o que promueva la consecución de los fines establecidos en el artículo primero de la presente convocatoria. Los beneficiarios deberán reunir las condiciones exigidas en el artículo 12 de la Ordenanza Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia (BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa N.º 16, de 26 de enero de 2022). 4. Gastos subvencionables. Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en las presentes bases. Siempre de acuerdo con lo previsto en el artículo. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 5. Exclusiones. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente convocatoria las siguientes actividades: a) Aquellas en las que concurra alguna de las circunstan- cias previstas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. b) Aquellos que por su naturaleza y objeto debieran haberse acogido a otros programas de otros departamentos municipales u organismos autónomos. En todo caso se dará traslado de la solicitud al departamento u organismo correspon- diente comunicando tal circunstancia al interesado. c) No serán consideradas las propuestas provenientes de asociaciones o entidades que conculquen derechos constitucio- nales, Art. 14 (discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión). 6. Plazo de inicio y finalización de las actuaciones subvencionables. Las actuaciones deberán comenzarse y finalizarse en el año de la concesión de la subvención. 7. Forma de presentación de las solicitudes de subvención, plazo y documentación a presentar. 7.1. Forma de presentación Las personas participantes podrán presentar sus solicitudes utilizando cualquiera de estos dos canales: – Canal presencial: las solicitudes se presentarán en el Registro municipal de Azpeitia o ante los órganos, establecimientos o dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. – Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento a través de su página web, o bien desde el apartado de ayudas y subvenciones ejercicio 2026 -ayudas en tramitación-, o bien desde el apartado de trámites on line -subvenciones-. 7.2 Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes se abrirá desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finalizará un mes antes del comienzo del programa de fiestas objeto de subvención, salvo que previamente a la publicación se hayan celebrado las fiestas, en cuyo caso el plazo de presentación será de un mes a partir de la indicada publicación. 7.3 Documentación La entidad solicitante no estará obligada a presentar los documentos que hayan sido aportados anteriormente al Ayuntamiento de…

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion27 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total60.200 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA

Informacion completa

Bases reguladorasBASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FIESTAS POPULARES EN LOS DISTINTOS BARRIOS DE AZPEITIA DURANTE EL EJERCICIO 2026.
Publicacion en diario oficialSi
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Ultima actualizacion BD2026-08-02T09:17:43.731964