← Buscar mas ayudas
Local

Convocatoria destinada a entidades para actividades culturales realizadas en la demarcación de Tarragona durante el año 2026

🔴Estado

Cerrada

💰Importe

2.500.000 euros

📅Fecha inicio

6 de marzo de 2026

📅Fecha fin

7 de abril de 2026

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CATALUÑA. Presupuesto total: 2.500.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona. DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Promoción Social y Cultural Cultura La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, en sesión de 24 de febrero de 2026, ha aprobado la siguiente convocatoria: Primero. Beneficiarios Entidades sin ánimo de lucro. Segundo. Finalidad Contribuir al desarrollo social, cultural y económico de la demarcación en ámbitos culturales y de interés ciudadano. Tercero. Actuaciones admitidas y excluidas y gastos excluidos Actuaciones admitidas y excluidas Se admiten todas aquellas actividades que sean de interés cultural u otras debidamente justificadas, ya sean proyectos, programaciones de actividades anuales o puntuales o bien ciclos, jornadas, exposiciones, congresos o similares. Por otro lado, quedan excluidas: a) Las actividades que se realicen fuera de la demarcación. b) Las actuaciones que ya hayan sido subvencionadas por convenio, subvención nominativa o en otras líneas de subvenciones de la Diputación de Tarragona, en régimen de concurrencia. c) Las actividades realizadas para el alumnado de centros educativos. d) Las actividades que tengan como finalidad única la promoción del deporte, la promoción de la salud pública y la protección y mejora del medio ambiente, el fomento de la ocupación y/o de la inserción laboral, la difusión de productos agroalimentarios y artesanos, y la asistencia social, y que no incluyen actividades culturales. e) Las ediciones y publicaciones que tengan código ISBN, ISSN o ISMN, dado que ya existe una línea de subvenciones de la Diputación de Tarragona específica para este tipo de actividad. Gastos excluidos No son subvencionables: a) Los gastos gastronómicos. En este sentido, se excluyen los catering para los asistentes a congresos, jornadas, encuentros, presentaciones o similares, los avituallamientos, las comidas de profesionales contratados, etc. b) Los gastos de funcionamiento ordinario de la entidad no imputables directamente a la programación de la actividad: alquiler de la sede de la entidad, suministros regulares (agua, luz, teléfono, gas...), seguros, mantenimiento informático, material de oficina, adquisición de bienes inventariables para el funcionamiento habitual de la entidad, mantenimiento de las instalaciones, tributos, etc. c) Los gastos de inversión. d) Los gastos de personal no adscrito al proyecto a subvencionar. En el caso de gastos de personal no adscrito al proyecto, en la justificación se deberá rellenar una declaración responsable donde consten el personal adscrito al proyecto, identificación de las tareas realizadas, porcentaje de adscripción individualizada de cada trabajador/a a la actividad, el importe y la fecha de pago. e) Los importes satisfechos en concepto de IVA, cuando estos tengan el carácter de gastos deducibles, compensables o repercutibles por parte de los solicitantes de la subvención. Cuarto. Bases reguladoras Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona publicadas en el BOP de Tarragona de 27 de febrero de 2019. Quinto. Crédito presupuestario y cuantía total máxima 2010-334-48908 del presupuesto del año 2026 – 1.250.000 € 2010-334-48908 del presupuesto del año 2027 – 1.250.000 € La autorización del gasto del ejercicio 2027 queda subordinada al crédito que se autorice en el presupuesto de 2027. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 2.500.000 €. Estos importes máximos pueden ser ampliados de acuerdo con las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias. Sexto. Cuantía máxima individualizada de la subvención El crédito total disponible para la convocatoria se distribuye entre todas las solicitudes recibidas y admitidas a trámite y se subvenciona hasta el 90% del presupuesto elegible y hasta el importe máximo de 10.000 € por entidad y NIF. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOPT y finaliza al cabo de un mes desde la fecha de publicación. Octavo. Forma de presentación de solicitudes Es obligatorio presentar la solicitud de subvención y el resto de documentación a través del trámite electrónico específico habilitado en: https://seuelectronica.dipta.cat, sede electrónica de la Diputación de Tarragona.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion27 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes6 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes7 de abril de 2026

Informacion economica

Presupuesto total2.500.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector economico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas

Informacion completa

Bases reguladorasBases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos Autónomos
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-08-02T09:20:11.126689