GC CONVOCATORIA DE INCENTIVOS DESTINADOS A LA “PROTECCIÓN Y APOYO DE LA ACTIVIDAD TRASHUMANTE A PIE DESARROLLADAS EN LOS ÁMBITOS DEL PATRIMONIO MUNDIAL Y DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE GRAN CANARIA (ANUALIDAD 2026)”
Cerrada
30.000 euros
23 de marzo de 2026
23 de abril de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Gran Canaria. Presupuesto total: 30.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la convocatoria: BENEFICIARIOS: En los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. En este caso, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas radicadas en la isla de Gran Canaria que reúnan todos los siguientes requisitos:a) Ser titular de una explotación ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) y contar con, al menos, cuarenta (40) cabezas de ganado.b) Disponer de la Guía Sanitaria de Traslado Temporal del Gobierno de Canarias durante cada trayecto realizado con el ganado durante la ejecución de la actividad subvencionada.c) Cuando la actividad trashumante se desarrolle en monte público, la persona solicitante deberá disponer de la preceptiva autorización o licencia de pastos otorgada por el órgano competente.d) Realizar parte de la actividad trashumante a pie en el ámbito perteneciente al Patrimonio Mundial Paisaje Cultural de Risco Caído y las Montañas Sagradas de Gran Canaria: Tejeda y Artenara (en su totalidad), Gáldar y Agaete (parcialmente); y/o a la Reserva de la Biosfera de Gran Canaria: Artenara, Tejeda y La Aldea de San Nicolás (en su totalidad), y Mogán, San Bartolomé de Tirajana, Agaete y Vega de San Mateo (parcialmente).e) Llevar a cabo la actividad trashumante fuera de la explotación ganadera principal de la que sea titular la persona interesada por un período mínimo acumulado de un (1) mes dentro del plazo de ejecución de la subvención. A estos efectos, dicho período mínimo podrá alcanzarse mediante uno o varios trayectos de trashumancia, siempre que el tiempo total de estancia fuera de la explotación principal alcance, como mínimo, el referido mes. f) No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 dela Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.g) No podrán ser sujetos perceptores de subvención insular aquellas personas que tenganpendiente de justificación alguna ayuda recibida anteriormente del Cabildo de Gran Canaria(artículo 6.9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria).h) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y no tener deudas osanciones tributarias en periodo ejecutivo con el Estado, Administración Local o Autonómicao pendientes de ingreso responsabilidades civiles derivadas de delito contra la HaciendaPública, salvo que se trate de deudas o sanciones aplazadas, fraccionadas o cuya ejecuciónestuviese suspendida, conforme a la legislación vigente. OBJETO: El objeto de esta ayuda es la adjudicación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,destinadas a la protección y apoyo de la actividad de trashumante a pie en el ámbito del PatrimonioMundial y la Reserva de la Biosfera de Gran Canaria.La finalidad de esta línea de subvenciones es el apoyo de la actividad trashumante a pie en elPatrimonio Mundial (Paisaje Cultural de Risco Caído y las Montañas Sagradas) y en la Reserva de laBiosfera para contribuir a su mantenimiento en el tiempo, puesta en valor y evitar la pérdida de estebien inmaterial del patrimonio cultural de Gran Canaria y en especial en estas designacionesinternacionales. BASES REGULADORAS; Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. CUANTÍA: La financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria para el año 2026 se efectuará concargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 01581/336/480000626, “Subvención apastores para mantenimiento de la trashumancia” dotada con un crédito inicial de TREINTA MILEUROS (30.000,00 €) correspondientes a la Consejería de Gobierno de Presidencia y MovilidadSostenible.La cuantía máxima de las subvenciones será de máximo TRES MIL EUROS (3.000,00 €) por explotaciónganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) que realiza latrashumancia a pie, es decir, por actividad presentada por la persona o entidad interesada.La determinación individual de la subvención se realizará mediante la aplicación de las cuantíaseconómicas establecidas en la presente convocatoria, en función de la documentación presentada ylas circunstancias declaradas por la persona o entidad solicitante en el Anexo II: Plan de trashumanciay determinación de la cuantía, previa comprobación de la documentación presentada por la personao entidad interesada conforme a lo establecido en los artículos quinto y sexto de la convocatoria, cuyaforma de comprobación se establece a continuación y a lo largo de la presente convocatoria.La cuantía resultante se obtendrá conforme al siguiente desglose: En particular, las cuantías económicas asociadas a las características de la explotación (A) sedeterminarán en función de la documentación presentada, mientras que las cuantías económicasvariables vinculadas al desarrollo de la actividad trashumante (B) se aplicarán conforme a la estimaciónconsignada en el Anexo II: Plan de trashumancia y determinación de la cuantía y quedaráncondicionados a su posterior verificación en la fase de justificación. A. CUANTÍAS ECONÓMICAS ASOCIADA A LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EXPLOTACIÓN - Tramo base por explotación ganadera: 1.000,00 €- Acreditación de la actividad trashumante en, al menos, dos de los últimos tres años: 500,00 €.- Persona titular de la explotación menor de 45 años: 500,00 €. (Importe máximo por este bloque: 2.000,00 €) En función del tiempo de estancia del ganado fuera de la explotación ganadera durante el plazo deejecución de la subvención, con un máximo de 1.000,00 €, se aplicarán las siguientes cuantíaseconómicos: B. CUANTÍAS ECONÓMICAS VARIBLES EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD TRASHUMANTE:En función del tiempo de estancia del ganado fuera de la explotación ganadera…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 16 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 23 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 23 de abril de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 30.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector economico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CABILDO DE GRAN CANARIA. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T02:40:43.091107 |