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AYUDAS DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN DE BICICLETAS Y PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE LOS JÓVENES DE BURJASSOT, EJERCICIO 2026

Denominacion oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA ADQUISICIÓN DE BICICLETAS Y PROMOCIÓN DE LA MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE LOS JÓVENES DE BURJASSOT, EJERCICIO 2026

Estado

No disponible

💰Importe

5.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 5.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de abril de 2026, por la que se convocan ayudas destinadas a la adquisición de bicicletas y promoción de la movilidad urbana sostenible de los jóvenes de Burjassot, ejercicio 2026. Primero.- Beneficiarios. Podrán obtener la condición de beneficiarios/as de estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos en el plazo de presentación de solicitudes: a) Las personas físicas de edad comprendida entre los 18 a 30 años, ambas inclusive, empadronadas en el municipio de Burjassot, con al menos UN (1) AÑO de antigüedad en el padrón municipal, en el momento de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Este requisito se comprobará de oficio por el Ayuntamiento. b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones. c) No encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d) Cumplir los requisitos establecidos en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot. Segundo.- Objeto. 1. El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas a la población joven de Burjassot, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de bicicletas eléctricas y bicicletas de pedaleo convencional adquiridas durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y los 30 días naturales siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. 2. La finalidad de esta subvención es ayudar a la población joven en la adquisición de bicicletas, como medios de movilidad alternativos a los coches y motos para realizar los desplazamientos urbanos, contribuyendo de esta manera a mejorar la calidad del aire de la ciudad, a reducir emisiones y, por tanto, a la lucha global contra el cambio climático, teniendo en cuenta los objetivos previstos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028. Tercero.- Bases reguladoras. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024. https://transparencia.burjassot.org/wp-content/uploads/2024/06/anuncioboppublicaciondefinitivaordenanzasubvenciones.pdf Cuarto.- Cuantía. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 5.000 euros. El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la aplicación presupuestaria Municipal 334/78000 “Subvención Bicicletas”. Quinto.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados, partir del día siguiente a la publicación del extracto la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Sexto.- Otros datos El texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse en https://www.burjassot.org/ El Alcalde

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion16 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total5.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSubvenciones al transporte
Sector economico49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros

Informacion completa

Bases reguladorasAPROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-08-02T06:31:36.590220