Subvenciones a las organizaciones juveniles y a la creación.
Cerrada
15.000 euros
24 de abril de 2026
25 de mayo de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: PAIS VASCO. Presupuesto total: 15.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
La Comisión Municipal de Gobierno celebrada el 26 de marzo de 2026, a propuesta de la Comisión de Infancia y Juventud, y previa deliberación, ACUERDA Primero Aprobarla convocatoria correspondiente a 2026 de las siguientes líneas de subvenciones:Ayudas a las organizaciones de jóvenes y a la creación. Dichas subvenciones se concederán de acuerdo con los siguientes apartados: -Programación anual, promoción de las asociaciones. -Creación cultural y difusión. - Actividades no habituales Segundo Financiación La dotación económica para la concesión de subvenciones reguladas en la presente convocatoria será la señalada para la partida 1.0812.481.337.20.01.2025 (00540). Tercero Plazo de presentación de solicitudes en el año 2026. El plazo de presentación de solicitudes finaliza a los 30 días naturales de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Guipúzcoa. En el caso de las subvenciones a la creación y difusión, se contará con un segundo plazo dentro del anterior: de veinte días naturales a partir del 15 de octubre (siempre que se cuente con dotación económica). Las Bases podrán conseguirse en la página web del Ayuntamiento de Oñati, en la Oficina del Gazteleku o en las oficinas del SAC del Ayuntamiento de Oñati de 7:30 a 15:30 horas. DISPOSICION FINAL Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él Recurso Contencioso- Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición ante la Junta de Gobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 24 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 24 de abril de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 25 de mayo de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 15.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector economico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS |
| Cofinanciada por la UE | Si |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases reguladoras de las Subvenciones a las asociaciones juveniles y creación. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T00:16:16.667669 |