Convocatoria para la concesión de ayudas a la natalidad en el municipio de Paradas (Sevilla) fomento de la natalidad y comercio de proximidad.
Denominacion oficial: convocatoria para la concesión de ayudas a la natalidad en el municipio de Paradas (Sevilla) fomento de la natalidad y comercio de proximidad.
No disponible
36.000 euros
No disponible
No disponible
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Sevilla. Presupuesto total: 36.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
El Sr. Alcalde-Presidente, vista la conveniencia de proceder a la convocatoria para la concesión de "ayudas a la natalidad en el municipio de Paradas (Sevilla) con el objetivo de fomentar la natalidad yel empadronamiento en el municipio, y subsidiariamente, fomentar el soporte al comercio de proximidad, en el marco de una economía equilibrada y responsable", para los nacidos y/o adoptados durante el año 2025, procedimiento tramitado con número de expediente 2025/SYU_01/000018.Vistas las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 40, de 18 de febrero de 2022, modificadas por Acuerdo Plenario y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 127 de 5 de junio de 2023.Considerando que la Base Tercera de las citadas Bases establecen que el órgano competente para aprobar la convocatoria de las subvenciones será el Alcalde Presidente del la Corporación Municipal mediante resolución expresa que precisará el plazo de presentación de solicitudes.Considerando las atribuciones que le confiere el artículo 21.1,letras f) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.El Sr. Alcalde-Presidente, viene en disponer:Primero.- Aprobar la convocatoria pública para la concesión de ayudas a la natalidad en el municipio de Paradas (Sevilla) con el objetivo de fomentar la natalidad y el empadronamiento en el municipio, y subsidiariamente, fomentar el soporte al comercio de proximidad, en el marco de una economía equilibrada y responsable para los nacidos y/o adoptados desde el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.Segundo.- Nombrar a los miembros de la Comisión de Valoración, que quedará compuesto por las siguientes personas:Titulares:Presidenta: Dª. Lorena Portillo Portillo, Primer Teniente de Alcalde Delegada de Bienestar Social y Seguridad Ciudadana.Vocal: Dª. Ana Mª Ortiz Piqueras, Técnico del Departamento de Estadística y Subvenciones.Secretaria: Dª. Lidia Ojeda González, Auxiliar Administrativo del Departamento de Recaudación.Sustitutos:Presidente: D. Francisco Javier Jiménez Morilla, Concejal Delegado de Cultura, Festejos, Medio Ambiente y Bienestar Animal.Vocal: D. Gustavo A. Vera Romero, Asesor Jurídico del Punto de Igualdad Municipal.Secretaria: Dª. Mª Leticia Montero Saucedo, Auxiliar Administrativo del Departamento de Atención al Público y Estadística.Tercero.- Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Las solicitudes con su respectiva documentación adjunta se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paradas y se presentarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Paradas, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Cuarto.- Autorizar el gasto para hacer frente a la concesión de las subvenciones, sobre la aplicación presupuestaria 0000.920.48903 del presupuesto municipal para el año 2025, actualmente prorrogado, por importe de 36.000,00 euros.Quinto.- Disponer la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Corporación, que se encuentra en la sede electrónica del Ayuntamiento de Paradas"https://sede.paradas.es/", y en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, ante el Secretario Accidental de la Corporación que da fe.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 6 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 36.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector economico | OTROS SERVICIOS |
Enlaces oficiales
Otras ayudas que pueden interesarte
Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO Y/O ADOPCIÓN DE HIJOS/AS. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-08-02T05:09:58.157472 |