Ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad (Convocatoria 2026)
Abierta
168.000 euros
No disponible
1 de diciembre de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Gipuzkoa. Presupuesto total: 168.000 euros. Se puede solicitar hasta el 1 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
El Ayuntamiento de Azpeitia ha venido aprobando a partir del ejercicio 2013 las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas económicas a personas y familias para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.Con el fin de paliar las situaciones de exclusión individual y social y laboral, y facilitar el desencadenamiento de quienes carecen de los recursos personales, sociales o económicos suficientes para hacer efectivos los derechos sociales de la ciudadanía, el Ayuntamiento de Azpeitia ha querido regular y ampliar un sistema de subvenciones municipales, tanto individuales como familiares, para cubrir situaciones económicas de emergencia derivadas de un acontecimiento fortuito o de la escasez de recursos económicos derivados de prestaciones económicas periódicas. La línea subvencional en cuestión está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Ayuntamiento en el presupuesto municipal 2026-2028 (publicado en el BOG el 25 de febrero de 2026), en el anexo de Ayudas de Emergencia Social. En base a lo anterior, mediante Resolución de Alcaldía del 28 de mayo de 2026, se ha resuelto: Primero.- Aprobar las bases para la concesión de las ayudas económicas a personas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad, que figuran como Anexo I Segundo: Aprobar la convocatoria de la citada subvención para el ejercicio 2026 Tercero: Autorizar el gasto de la cantidad determinada para hacer frente a esta convocatoria, que asciende a 168.000,00 €, de la partida 1.0600.480.231.00.03.2026 Udalaguntzak. Cuarto: Dar publicidad de las bases y de cada línea de ayudas en la página web municipal, en la base de datos nacional de subvenciones y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. En Azpeitia, el 28 de mayo de 2026.- Nagore Alkorta Elorza, Alcaldesa. ANEXO I Convocatoria 2026 para la concesión de ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad. 1.Bases reguladoras Mediante la Resolución de Alcaldía de 17 de marzo de 2022 se aprobaron las bases reguladoras especificas (BOG nº 30, 61 de marzo de 2022). 2. Financiación. 2.1. La cuantía total de las Ayudas a conceder en la modalidad de convocatoria abierta será de autorizar un gasto de ciento sesenta y ocho mil euros (168.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 1.0600.480.231.00.03 2026. El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones. 3.- Presentación de solicitudes a la convocatoria y resolución del procedimiento. 3.1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa, y el plazo de presentación finalizará el día 1 de diciembre de 2026 o en su caso, una vez se agote el presupuesto destinado para esta convocatoria. 3.2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución que corresponda será de tres meses, a contar desde la presentación de la solicitud. 4.- Plazo de inicio de las ayudas Los gastos que puedan ser cubiertos a través de la siguiente convocatoria, deben estar asociados a necesidades surgidas a partir del 1 de diciembre de 2025. 5.- Plazo de justificación. Los plazos máximos de justificación de las ayudas serán de un mes a partir de la percepción de las mismas. 6.- Documentación a presentar con la solicitud. Para formalizar la solicitud, deberá cumplimentarse el modelo oficial existente en las oficinas de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Azpeitia (Matxinada Kalea 1766, 2,3 zenbakia behea 20.730 Azpeitia) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Azpeitia. La documentación a presentar se recoge en el Anexo III. El departamento de Servicios Sociales podrá solicitar cuanta información adicional entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los procesos que se presenten. 7.- Notificaciones. La resolución de concesión o, en su caso denegación, se notificará individualmente a cada solicitante. Además, el órgano concedente publicará en la página web un extracto de las subvenciones concedidas. ANEXO II Determinación de las ayudas. Finalidades. 1. Prestaciones municipales de vivienda Las prestaciones municipales de vivienda vendrán a paliar o complementar situaciones que no se contemplen en el Reglamento de las Ayudas de Emergencia Social, así como aquellas que no puedan ser abordadas dados los límites presupuestos de éstas. El número máximo de unidades de convivencia que pueden acceder a este tipo de ayuda será de 2. En el caso de solicitudes asociadas a gastos de alquiler o de amortización de crédito, si existiese relación de parentesco hasta el 2º grado entre los miembros de la unidad de convivencia, solo se concederá una prestación. Las prestaciones de vivienda se clasifican en: 1.a. Gastos básicos de vivienda. Alquiler Las cuantías máximas a conceder dependerán del tipo de contrato de alquiler. - La cuantía máxima mensual para el alquiler de vivienda entera será de 300€, no pudiendo superar el 70 % del coste real. - La cuantía máxima mensual para el coarrendamiento, subarriendo, hospedaje, pupilaje o alquiler de habitación será de 150 €, no pudiendo superar en ningún caso el 80 % del coste real. - La cuantía mensual de estancia hotel/pensión será de 300 €, no pudiendo superar el 80% del coste real. Amortización - La cuantía máxima mensual para el crédito de vivienda será de 300€, no pudiendo superar el 70 % del coste real. Sólo se tendrán en cuenta los créditos hipotecarios que tuvieran como finalidad la adquisición de la vivienda habitual y que además se hayan formalizado con anterioridad a la fecha de solicitud de RGI y/o AES, salvo…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 3 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 1 de diciembre de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 168.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector economico | OTROS SERVICIOS |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad (Convocatoria 2026) |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-25T21:32:42.077847 |