Resolución de 11 de junio de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de razas autóctonas españolas
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30.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Asturias. Presupuesto total: 30.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.-Beneficiarios: Ser organización o asociación de ganaderos reconocida por la comunidad autónoma del Principado de Asturias para la llevanza del Libro Genealógico de la raza. Segundo.-Finalidad: Contribuir a financiar los gastos ocasionados por la realización de alguna de las actividades enmarcadas en las siguientes líneas de actuación: -,,Línea a) Creación o mantenimiento de libros genealógicos. -,,Línea b) Actividades que se deriven del desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza. Tercero.-Bases reguladoras: El Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE 08/12/2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE 14/03/2015), por Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE 01/03/20219) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE 20/07/2023). El Real Decreto 1133/2025, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE de 12/12/2025) deroga al Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, si bien establece en su Disposición Final Tercera "El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", si bien surtirá efectos a partir de la primera convocatoria que se publique para el ejercicio 2027". Cuarto.-Importe: El importe de la ayuda por beneficiario será calculado en función de las disponibilidades presupuestarias para el año 2026 (30.000,00 €) y el número de beneficiarios de la ayuda. Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes: 20 días, contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del presente extracto. Sexto.-Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0155T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Plazo de justificación: El plazo de justificación del gasto finaliza el día 5 de noviembre de 2026.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 12 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 30.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector economico | 01.4 - Producción ganadera |
| Reglamento UE | PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023) |
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 27 AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR GANADERO Y AYUDAS POR GANADO MUERTO
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Real Decreto 1625/2011 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-08-02T02:39:01.050072 |