Convocatoria talento investigador cesar nombela 2026 turno general
Denominación oficial: CONVOCATORIA TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO GENERAL
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 22,4 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid BDNS (ID): xxxxxx Primero. Objeto de la convocatoria. El objeto de esta convocatoria es efectuar la convocatoria correspondiente al año 2026, de ayudas públicas destinadas a la atracción de talento investigador "César Nombela" en régimen de concurrencia competitiva. La convocatoria incluye una reserva de crédito para la contratación personas con discapacidad igual o superior al 33%. Las plazas que no se cubran en este turno se incorporarán al turno general. El presente extracto se refiere al turno general de la convocatoria. La finalidad de estas ayudas es: a) Promover la contratación de personal investigador doctor, que haya desarrollado durante un determinado periodo de tiempo su actividad profesional en el extranjero, para su incorporación a los grupos de investigación de la Comunidad de Madrid. b) Promocionar la carrera científica del personal investigador doctor incentivando la obtención de las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter estable en un organismo de investigación de la Comunidad de Madrid a través de la obtención de la acreditación como investigador/a establecido/a (certificado R3). c) Promover la movilidad del personal investigador doctor y fomentar la participación activa en redes y consorcios regionales, nacionales e internacionales. Segundo. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador "César Nombela", en el momento de presentación de la solicitud. Las entidades beneficiarias podrán ser: a) Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. b) Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA). c) Organismos Públicos de Investigación previstos en el Capítulo III del título IV de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. d) Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). e) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora. f) Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal. Tercero. Bases reguladoras. La Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, establece las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador "César Nombela", modificada por Orden 1447/2025, de 4 de mayo. Cuarto. Cuantía y duración de las ayudas. El presupuesto de la convocatoria destinado al turno general (excluidas las plazas reservadas para el turno de discapacidad) asciende a 22.409.000,00 euros, a ejecutar durante los 5 años de duración de las ayudas. La distribución por anualidades es la siguiente: Anualidad (euros) 2026 2027 2028 2029 2030 TOTAL 5.989.000,00 4.108.000,00 4.108.000,00 4.102.000,00 4.102.000,00 22.409.000,00 Quinto. Características de las ayudas. 1. Las ayudas convocadas tendrán un plazo de ejecución de cinco años que comenzará a contar desde la fecha de incorporación del personal investigador contratado al organismo de investigación. 2. La contratación deberá realizarse, preferentemente, bajo la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor establecida en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Investigación, aunque se podrá utilizar cualquier modalidad de contratación válida según la legislación vigente en el momento de la formalización del contrato. 3. A partir de la finalización del tercer año de contrato, o del segundo año en el caso de contrataciones efectuadas bajo la modalidad del artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, el personal investigador contratado podrá optar a una evaluación de la actividad investigadora desarrollada que, de ser positiva de acuerdo a requisitos previamente establecidos, le podrá ser reconocida con los efectos previstos en el itinerario de acceso estable al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.. Tras haber superado dicha evaluación, el personal investigador doctor podrá obtener una certificación como investigador/a establecido/a (certificado R3). 4. Se financiarán tanto los gastos asociados a la contratación del personal investigador doctor, como una ayuda adicional para la realización de actividades de investigación vinculadas a las líneas científico-técnicas de interés para la región. 5. Durante todo el periodo de ejecución de la ayuda, el personal investigador doctor contratado deberá presentar al menos una solicitud a cualquiera de las convocatorias convocadas por el Consejo Europeo de Investigación. 6. Las solicitudes deberán encuadrarse en el área científico-técnica más próxima a su área de actividad de entre las definidas en el anexo de la orden de aprobación de la convocatoria. Sexto. Gastos subvencionables. 1. En relación con la financiación de la contratación del personal investigador doctor, se considerarán subvencionables los gastos destinados al pago del salario, la cuota de la Seguridad Social de la entidad contratante y las indemnizaciones por fin de contrato, excepto las derivadas de un…
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 26 de junio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 5 de julio de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | 72 - Investigación y desarrollo |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 22,4 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN 2755/2023, DE 26 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERISDADES POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE ATRACCIÓN DE TALENTO INVESTIGADOR “CÉSAR NOMBELA”