Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P., , para el fomento de la investigación científica de excelencia: María de Guzmán 2026
Denominacion oficial: Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la investigación científica de excelencia: María de Guzmán 2026
Abierta
3.000.000 euros
1 de julio de 2026
25 de septiembre de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: ESPAÑA. Presupuesto total: 3.000.000 euros. Se puede solicitar hasta el 25 de septiembre de 2026. La tramitacion se realiza de forma electronica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Normativa de aplicación y régimen de concesión: La concesión de las ayudas de la FECYT previstas en esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, aprobadas por Orden CIN/1285/2022, de 17 de diciembre, por lo dispuesto en la presente convocatoria, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y los Estatutos de la FECYT, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Adicionalmente, serán de aplicación la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Segundo. Objeto: Regular el procedimiento de concesión de ayudas de la FECYT para la realización de actuaciones en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia, promoviendo el uso de bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio que permitan una óptima gestión y medición de resultados de la investigación. Tercero. Solicitantes y beneficiarios: Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas, las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España. Cuarto. Presupuesto de la convocatoria: El importe global máximo que con carácter estimativo se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria es de 3 000 000 euros, con cargo al presupuesto 2026 del Programa de Recursos Científicos de la FECYT. Quinto. Dotación presupuestaria máxima: Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del ochenta y cinco por del coste de la suscripción correspondiente al ejercicio 2026 de las bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio, objeto de las solicitudes que resulten beneficiarias. En el caso de que la entidad beneficiaria presente para su financiación la suscripción a varias bases de datos de estas características, solo se financiará hasta el límite del 85% de la suscripción de mayor coste. Sexto. Plazo: El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 1 de julio de 2026 y finalizará el día 25 de septiembre de 2026, a las 13 horas (hora peninsular española). Una vez elevada a definitiva la solicitud por el responsable de la acción, se deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del representante legal de la entidad solicitante. La firma electrónica del formulario y del resto de la documentación se podrá realizar durante todo el periodo de presentación de solicitudes y solo se entenderán debidamente presentadas las solicitudes cuando hayan sido firmadas electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante antes de que finalice dicho plazo. Toda solicitud no firmada electrónicamente por el representante legal o representantes legales en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes se entenderá como no presentada. Séptimo. Órgano de resolución: La Junta Rectora de la FECYT, por delegación del Patronato de fecha 22 de junio de 2026, previa autorización del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ GRAN EMPRESA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 25 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 25 de septiembre de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 3.000.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector economico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN; INDUSTRIA MANUFACTURERA |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Orden CIN/1285/2022, de 17 de diciembre, por la que se aprueban la bases reguladoras de las ayudas de la FECYT,en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | admin_estado |
| Ultima actualizacion BD | 2026-08-02T01:49:18.676079 |