Subvenciones para el fomento a entidades de ocupación
Denominacion oficial: Convocatoria de subvenciones para el fomento a entidades de ocupación
Abierta
350.000 euros
No disponible
4 de septiembre de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: CATALUÑA. Presupuesto total: 350.000 euros. Se puede solicitar hasta el 4 de septiembre de 2026. La tramitacion se realiza de forma electronica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la "Base de Datos Nacional de Subvenciones" (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Personas y Talento Unidad de Subvenciones Primero.- Entidades beneficiarias Pueden ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las fundaciones privadas, las asociaciones privadas y los sindicatos que tengan por objetivo impulsar o promover proyectos ocupacionales realizados en el Camp de Tarragona, Terres de l'Ebre y Baix Penedès, a través de actividades de impulso del empleo, la inserción y orientación laboral o la creación de nuevos puestos de trabajo, de acuerdo con sus estatutos. No pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, las empresas públicas o privadas, las administraciones públicas y los entes dependientes de las mismas, sea cual sea su naturaleza jurídica o su forma, los organismos públicos de base asociativa (consorcios, mancomunidades, etc.), las universidades o las entidades que dependan de ellas. Segundo.- Finalidad El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar aquellas actuaciones que fomenten y refuercen el empleo, la inserción y orientación laboral y las que impulsen la creación de nuevos puestos de trabajo en el Camp de Tarragona, Terres de l'Ebre y Baix Penedès. La Diputación de Tarragona tiene como misión contribuir al desarrollo equilibrado del territorio y esta misión la realiza mediante actuaciones propias, así como dando apoyo a los agentes sociales y económicos del territorio. Con este objetivo, trabaja en el fomento del empleo y apoya aquellas iniciativas y acciones de promoción que tienen su origen en el tejido asociativo e institucional del territorio dirigidas al impulso del mundo empresarial, el empleo y al crecimiento económico sostenible de la demarcación. Tercero.- Actividades y gastos subvencionables Actividades subvencionables: Actividades estratégicas sectoriales que fomenten y refuercen el empleo y/o la inserción en el territorio y/o que impulsen la creación de nuevos puestos de trabajo en el Camp de Tarragona, Terres de l'Ebre y Baix Penedès. Actividades no subvencionables: Actividades que tengan carácter únicamente lúdico o festivo. Gastos subvencionables: • Contratación de servicios externos para la realización de actividades formativas o cualquier otra actuación que tenga por objetivo contribuir al fomento del empleo. • Alquiler de espacios. • Gastos de material no inventariable. • Gastos de personal relacionados directamente con la actuación financiada. No se aceptarán gastos de personal relacionados con tareas de funcionamiento propio de la entidad, como las establecidas en el apartado posterior. Gastos no subvencionables: • Gastos gastronómicos: comidas, bebidas, aperitivos, etc. • Gastos de funcionamiento: gestoría, cuotas de afiliaciones, seguros, teléfono, programas informáticos, agua, limpieza, luz, gas, telecomunicaciones, internet, y cualquier otro tipo de suministro, ya sea mediante contrato de servicios o gastos de personal directo. • Gastos de desplazamiento y dietas. • Gastos de material inventariable. • Adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles, terrenos y cualquier tipo de bien inventariable. • El IVA deducible de conformidad con el artículo 31.8 de la Ley General de Subvenciones. Cuarto.- Crédito presupuestario y cuantía total máxima Aplicación presupuestaria 8040/241/48004 del presupuesto del ejercicio 2027. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 350.000 €. Este importe máximo podrá ser ampliado de acuerdo con las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias. Quinto.- Importe a conceder La cuantía de la subvención es la que resulta de la valoración y ponderación de las peticiones de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria, y de la distribución de la consignación presupuestaria de la aplicación presupuestaria correspondiente entre el número de solicitudes presentadas y en función del presupuesto elegible, teniendo en cuenta que el porcentaje de financiación máxima por parte de la Diputación de Tarragona será del 90%, se fija un importe máximo de subvención de 25.000€ por entidad beneficiaria. En el caso de que de acuerdo con la puntuación obtenida se obtenga un importe superior a 25.000 €, el porcentaje concedido debe reducirse hasta llegar al límite establecido. Si se comprueba que en la solicitud el importe de subvención solicitado es superior a los máximos establecidos para la convocatoria, el importe solicitado se limita a la cuantía máxima a subvencionar prevista en la convocatoria, sin que sea necesario requerimiento de enmienda en este sentido. Si el importe total que resulte de aplicar los criterios anteriores supera el importe establecido en la convocatoria, las diferentes subvenciones a conceder a cada entidad deben reducirse de manera proporcional respecto al total hasta llegar al límite de la convocatoria. Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes Desde el día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín de la Provincia de Tarragona y hasta el 4 de septiembre de 2026. Séptimo.- Forma de presentación de las solicitudes Electrónicamente mediante el trámite específico de solicitud disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona y sólo se puede formalizar y firmar mediante el certificado digital de representante de la entidad. En ningún caso, se puede formalizar y firmar la solicitud mediante el certificado digital de persona física.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 1 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 4 de septiembre de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 350.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos Autónomos |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-25T19:35:20.445125 |