Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 29 de junio de 2026, relativo a la convocatoria de las ayudas para acciones para mejorar el conocimiento, salvaguarda y difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca, año 2026
Abierta
530.000 euros
15 de julio de 2026
13 de agosto de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Menorca. Presupuesto total: 530.000 euros. Se puede solicitar hasta el 13 de agosto de 2026. La tramitacion se realiza de forma electronica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Según las diferentes líneas de ayudas, pueden ser beneficiarias: - Línea 1. Restauraciones de bienes del patrimonio histórico 1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas que sean titulares de un bien mueble o inmueble integrante del patrimonio histórico de Menorca, o que tengan autorización del titular. 2. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para la restauración de bienes muebles o inmuebles deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra c correspondiente a la Línea 1. - Línea 2. Intervenciones arqueológicas y paleontológicas 1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por un arqueólogo profesional con experiencia que asuma la dirección de los trabajos de acuerdo con lo que establece el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Illes Balears. 2. Los que hayan sido beneficiarios de una ayuda anterior para intervenciones arqueológicas deben haber entregado al CIM el informe o la memoria de la campaña anterior o presentar el compromiso de entrega a la que hace referencia la base 7.3.B letra e correspondiente a la Línea 2. 3. Una misma entidad o equipo no puede solicitar más de una ayuda para el mismo yacimiento. 4. No haber sido sancionado con carácter firme por incumplimiento de las obligaciones o condiciones establecidas en el otorgamiento de intervenciones arqueológicas o paleontológicas anteriores, de acuerdo con lo que establece el art. 109 de la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Illes Balears. - Línea 3. Investigaciones de tipo histórico 1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación histórica, arqueológica o paleontológica. 2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico. 3. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria. 4. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para investigaciones de tipo histórico, arqueológico y paleontológico deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra g correspondiente a la Línea 3. - Línea 4. Publicaciones científicas 1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presenten un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación. 2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial. 3. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria. 4. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca por publicaciones científicas deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3 B letra f) correspondiente a la Línea 4. - Línea 5. Organización y realización de jornadas y actividades de difusión 1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de las jornadas y/o actividades de difusión. 2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico que presenten el mencionado proyecto. 3. Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades que hayan recibido una ayuda dentro de otra convocatoria del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM. 4. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria. 5. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para organizar y llevar a cabo jornadas o actividades de difusión deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra c correspondiente a la Línea 5. - Línea 6. Acciones de salvaguardia, conocimiento y difusión del patrimonio cultural inmaterial 1. Pueden ser beneficiarias las asociaciones y entidades vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio cultural inmaterial que presenten un proyecto que se adecue a lo que establece la base 4 para esta línea. 2. También pueden optar las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de la acción de salvaguardia o difusión, o con experiencia demostrable en la gestión del patrimonio cultural inmaterial de Menorca. 3. Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 9 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de agosto de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 530.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector economico | ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; 58 - Edición |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases que rigen la concesión de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-08-02T00:53:45.369218 |