FINANCIACION ESTATAL-EMAP: AY.3-ADAPTAC.PUESTOS TRABAJO PERSON.DISCAPACIDAD
Abierta
50.000 euros
21 de julio de 2026
3 de agosto de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 50.000 euros. Se puede solicitar hasta el 3 de agosto de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. Objeto y bases reguladoras. 1. La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, para el año 2026, las subvenciones destinadas a promover la incorporación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, mediante el apoyo al desarrollo de medidas dirigidas a favorecer el acceso y el mantenimiento del empleo, así como la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad. 2. Las bases reguladoras de este programa se encuentran recogidas en la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de prospección, intermediación y apoyo en el puesto de trabajo de personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de inserción laboral. Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos. 1. Podrán ser beneficiarios de la Ayuda 3, las personas físicas o jurídicas, entendiendo por tales las sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades laborales, entidades sin ánimo de lucro y, aun careciendo de personalidad jurídica, las comunidades de bienes y comunidades de propietarios, que tengan contratada a una persona con discapacidad para prestar servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, que ocupe un puesto de trabajo que haya sido objeto de adaptación. Dicha adaptación deberá ser acreditada. 2. Los beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden deberán reunir los siguientes requisitos generales: a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como al corriente de pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el supuesto de profesionales colegiados. b) No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. c) Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 f) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. d) No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Gastos subvencionables y cuantía de la subvención. Ayuda 3: Subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales de las personas con discapacidad contratadas o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo. La cuantía de esta ayuda será de 2.000 euros, sin que en ningún caso pueda superar el coste real de la adaptación, dotación o eliminación de barreras debidamente justificada. El órgano competente en materia de programas de apoyo al empleo podrá solicitar informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o a la entidad u organismo que resulte competente para verificar la adecuación y necesidad de la adaptación a subvencionar. Cuarto. Periodo subvencionable y financiación. El período subvencionable de las ayudas establecidas en el apartado tercero de esta convocatoria se inicia el 3 de septiembre de 2025 y finaliza el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, en forma de extracto, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. La Orden estará dotada con 900.000 euros con cargo al Programa 241 M Promoción y Fomento del Empleo, centro gestor 200150000, subconceptos 49102 y 77309, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, sufragado con fondos procedentes del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, con el siguiente desglose: 50.000 euros, con cargo al subconcepto de gasto 77309 de los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, se destinará a financiar la concesión de subvenciones de la Ayuda 3. Quinto. Publicidad de la convocatoria y plazo de presentación de solicitudes. 1. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en forma del presente extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Así mismo, la convocatoria se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, http://www.comunidad.madrid., dentro del apartado de Ayudas dirigidas a Centros Especiales de Empleo, Empresas de Inserción y otras entidades colaboradoras, Subvención para la prospección, intermediación y apoyo en el puesto de trabajo de personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de inserción laboral. 2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sexto. Formularios. Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta convocatoria serán publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ GRAN EMPRESA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 16 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 21 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 3 de agosto de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 50.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector economico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDEN DE 16 DE JUNIO DE 2025, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE PROSPECCIÓN, INTERMEDIACIÓN Y APOYO EN EL PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAP |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-28T12:41:23.059987 |